+39. Como parte de la evaluación de la idoneidad del órgano de dirección o de administración, los …
|
39. Como parte de la evaluación de la idoneidad del órgano de dirección o de administración, los …
Como parte de la evaluación de la idoneidad del órgano de dirección o de administración, los administradores de créditos evaluarán los conocimientos y la experiencia de cada uno de sus miembros. A tal efecto, los administradores de créditos: - a. recopilarán información a través de diversos canales e instrumentos (por ejemplo, diplomas y certificados, cartas de recomendación, curriculum vitae , entrevistas, cuestionarios);
- b. requerirán que la persona evaluada facilite información exacta y presente justificantes de la misma cuando sea necesario;
- c. validarán, en la medida de lo posible, la exactitud de la información proporcionada por la persona evaluada;
- d. cuando proceda, evaluarán los resultados de la evaluación dentro del órgano de dirección en su función de supervisión; y
- e. cuando sea necesario, identificarán las medidas correctivas necesarias.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|