+17. A efectos de evaluar la condición del apartado 15, letra a), las autoridades competentes podrán …

17. A efectos de evaluar la condición del apartado 15, letra a), las autoridades competentes podrán …

A efectos de evaluar la condición del apartado 15, letra a), las autoridades competentes podrán eximir a la empresa de servicios de inversión matriz de la Unión, la sociedad de cartera de inversión matriz de la Unión o la sociedad financiera mixta de cartera matriz de la Unión de la obligación de calcular los requisitos de fondos propios del grupo de empresas de servicios de inversión de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (UE) 2019/2033 si consideran que el esfuerzo necesario para realizar dicho cálculo sería desproporcionado. Si las autoridades competentes conceden esta exención, los requisitos de fondos propios del grupo de empresas de servicios de inversión de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento se sustituirán por la suma de los requisitos de fondos propios individuales de todas las empresas del grupo que sean empresas de servicios de inversión matrices de la Unión, sociedades de cartera de inversión matrices de la Unión, sociedades financieras mixtas de cartera matrices de la Unión y cualquier otra empresa matriz que sean empresas de servicios de inversión, entidades financieras, empresas de servicios auxiliares o agentes vinculados. Cuando una empresa no sea una empresa de servicios de inversión, los requisitos de fondos propios individuales serán los aplicables en virtud del marco prudencial pertinente. Cuando una empresa sea una filial situada en un tercer país, los requisitos de fondos propios individuales se calcularán de conformidad con el apartado 20.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/