+31. Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y …
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31. Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y …
Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y PSC tendrán en cuenta, como mínimo, lo siguiente: - a. el número de puestos de dirección en entidades financieras y otras empresas que ocupa dicho miembro al mismo tiempo, teniendo en cuenta las posibles sinergias en-tre diferentes puestos de dirección, por ejemplo, en un contexto de grupo, incluso cuando actúa en nombre de una persona jurídica o como suplente de un miembro del órgano de dirección;
- b. los puestos directivos en organizaciones que no persigan predominantemente fines comerciales detentados al mismo tiempo por dicho miembro;
- c. el tamaño, la naturaleza, el alcance y la complejidad de las actividades de la entidad en la que el miembro ocupa un puesto de dirección y, en particular, si la entidad es o no una entidad no perteneciente a la UE;
- d. la presencia geográfica del miembro y el tiempo de desplazamiento necesario para el desempeño de la función;
- e. el número de reuniones previstas para el órgano de dirección;
- f. cualquier reunión necesaria, en particular, con las autoridades competentes u otras partes interesadas internas o externas fuera del calendario formal de reuniones del órgano de dirección;
- g. la naturaleza del puesto específico y las responsabilidades del miembro, incluidas fun-ciones específicas como director ejecutivo, presidente, presidente o miembro de un comité, independientemente de que el miembro ocupe un puesto ejecutivo o no eje-cutivo, y la necesidad de que dicho miembro asista a reuniones en las empresas enu-meradas en los puntos a) y b) y en la entidad financiera;
- h. otras actividades profesionales o políticas externas, y cualesquiera otras funciones y actividades pertinentes, tanto dentro como fuera del sector financiero y tanto dentro como fuera de la UE;
- i. la iniciación y la formación necesarias;
- j. cualesquiera otras obligaciones pertinentes del miembro que se consideren necesarias para ser tomadas en cuenta en la evaluación, ya que obligan al miembro a dedicarles tiempo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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