+C.2.4 Compromiso de tiempo suficiente de los miembros del órgano de dirección
---+29. Los miembros del órgano de dirección de los emisores de ART, de conformidad con el artículo 34 …
---+30. Los miembros también deben poder desempeñar sus funciones durante los periodos de actividad …
---+31. Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y …
---+32. Los emisores de ART y PSC deberán llevar un registro de las funciones, obligaciones y …
---+33. Los miembros del órgano de dirección deberán ser informados de la dedicación temporal que se …
---+34. Los emisores de ART y PSC supervisarán si los miembros del órgano de dirección dedican tiempo …
---+35. El impacto de las ausencias prolongadas de los miembros del órgano de dirección deberá tenerse …
---+36. Los emisores de ART y PSC mantendrán registros de todos los puestos profesionales y políticos …
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C.2.4 Compromiso de tiempo suficiente de los miembros del órgano de dirección
C.2.4 Compromiso de tiempo suficiente de los miembros del órgano de dirección
1. Resumen
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Regulación |
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29. Los miembros del órgano de dirección de los emisores de ART, de conformidad con el artículo 34 …
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Los miembros del órgano de dirección de los emisores de ART, de conformidad con el artículo 34, apartado 2, del MiCA, o los miembros del órgano de dirección de un PSC, de conformidad con el artículo 68, apartado 1, de dicho Reglamento, deberán disponer de tiempo suficiente para el desempeño de sus funciones y responsabilidades, lo que incluye poder dedicar tiempo suficiente a pesar de otras obligaciones.
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30. Los miembros también deben poder desempeñar sus funciones durante los periodos de actividad …
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Los miembros también deben poder desempeñar sus funciones durante los periodos de actividad particularmente intensa, o como resultado de alguna dificultad importante con una o más de sus operaciones, teniendo en cuenta que en dichos periodos puede requerirse un mayor nivel de compromiso temporal que en periodos normales.
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31. Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y …
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Al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de un miembro, los emisores de ART y PSC tendrán en cuenta, como mínimo, lo siguiente: - a. el número de puestos de dirección en entidades financieras y otras empresas que ocupa dicho miembro al mismo tiempo, teniendo en cuenta las posibles sinergias en-tre diferentes puestos de dirección, por ejemplo, en un contexto de grupo, incluso cuando actúa en nombre de una persona jurídica o como suplente de un miembro del órgano de dirección;
- b. los puestos directivos en organizaciones que no persigan predominantemente fines comerciales detentados al mismo tiempo por dicho miembro;
- c. el tamaño, la naturaleza, el alcance y la complejidad de las actividades de la entidad en la que el miembro ocupa un puesto de dirección y, en particular, si la entidad es o no una entidad no perteneciente a la UE;
- d. la presencia geográfica del miembro y el tiempo de desplazamiento necesario para el desempeño de la función;
- e. el número de reuniones previstas para el órgano de dirección;
- f. cualquier reunión necesaria, en particular, con las autoridades competentes u otras partes interesadas internas o externas fuera del calendario formal de reuniones del órgano de dirección;
- g. la naturaleza del puesto específico y las responsabilidades del miembro, incluidas fun-ciones específicas como director ejecutivo, presidente, presidente o miembro de un comité, independientemente de que el miembro ocupe un puesto ejecutivo o no eje-cutivo, y la necesidad de que dicho miembro asista a reuniones en las empresas enu-meradas en los puntos a) y b) y en la entidad financiera;
- h. otras actividades profesionales o políticas externas, y cualesquiera otras funciones y actividades pertinentes, tanto dentro como fuera del sector financiero y tanto dentro como fuera de la UE;
- i. la iniciación y la formación necesarias;
- j. cualesquiera otras obligaciones pertinentes del miembro que se consideren necesarias para ser tomadas en cuenta en la evaluación, ya que obligan al miembro a dedicarles tiempo.
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32. Los emisores de ART y PSC deberán llevar un registro de las funciones, obligaciones y …
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Los emisores de ART y PSC deberán llevar un registro de las funciones, obligaciones y capacidades requeridas de los diversos puestos dentro del órgano de dirección y el compromiso de dedicación temporal prevista que sea necesaria para cada puesto individual, teniendo también en cuenta la necesidad de dedicar tiempo suficiente a la iniciación y la formación. A tal fin, los proveedores de servicios de criptoactivos incluidos en la clase 1 del anexo IV del MiCA y los emisores de ART no significativos diferenciarán la dedicación temporal prevista entre los miembros del órgano de dirección en su función de dirección y los miembros del órgano de dirección en su función supervisora, en lugar de hacerlo para los puestos individuales dentro de esas funciones.
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33. Los miembros del órgano de dirección deberán ser informados de la dedicación temporal que se …
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Los miembros del órgano de dirección deberán ser informados de la dedicación temporal que se espera de ellos. Los emisores de ART y PSC podrán exigir al miembro que documente la capacidad para dedicar el tiempo necesario a la función de manera adecuada.
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34. Los emisores de ART y PSC supervisarán si los miembros del órgano de dirección dedican tiempo …
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Los emisores de ART y PSC supervisarán si los miembros del órgano de dirección dedican tiempo suficiente al desempeño de sus funciones. La preparación de las reuniones, la asistencia y la participación activa de los miembros en las reuniones del órgano de dirección son en todos los casos indicadores de la dedicación temporal.
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35. El impacto de las ausencias prolongadas de los miembros del órgano de dirección deberá tenerse …
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El impacto de las ausencias prolongadas de los miembros del órgano de dirección deberá tenerse en cuenta al evaluar la dedicación de tiempo suficiente por parte de otros miembros individuales del órgano de dirección.
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36. Los emisores de ART y PSC mantendrán registros de todos los puestos profesionales y políticos …
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Los emisores de ART y PSC mantendrán registros de todos los puestos profesionales y políticos externos que ocupan los miembros del órgano de dirección. Dichos registros se actualizarán siempre que un miembro notifique al emisor de los ART o al PSC cualquier cambio y cuando tales cambios se eleven a la atención del emisor de ART o PSC. Cuando se produzcan cambios tales que puedan reducir la capacidad de un miembro del órgano de dirección para dedicar tiempo suficiente al desempeño de su función, el emisor de los ART o el PSC reevaluará la capacidad del miembro para dedicar tiempo suficiente a la función.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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