+16. A efectos de evaluar si las actividades son auxiliares a las actividades bancarias, sobre la …
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16. A efectos de evaluar si las actividades son auxiliares a las actividades bancarias, sobre la …
A efectos de evaluar si las actividades son auxiliares a las actividades bancarias, sobre la base de los criterios establecidos en el apartado 15, la evaluación deberá: - a. limitarse a las actividades realizadas por empresas que, cuando se consideren empresas de servicios auxiliares, estarán o podrán estar sujetas a consolidación prudencial de conformidad con los artículos 11 y 18 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 y con los criterios establecidos en el Reglamento (UE) 2022/676. Esto incluye las entidades matrices, las fi liales y los acuerdos conjuntos, junto con cualquier otra situación especi fi cada en el artículo 18, apartados 3, 5 y en las letras
- a) y b) del apartado 6, del Reglamento (UE) n.º 575/2013, y
- b. realizarse teniendo en cuenta la relevancia del vínculo o la conexión de la actividad con la de una entidad o con la de una entidad fi nanciera a que se re fi ere el apartado 15. Apoyo para las actividades bancarias
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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