+Artículo 26 11

Artículo 26 11

11.   Las Autoridades Europeas de Supervisión desarrollarán, de acuerdo con el BCE proyectos de normas técnicas de regulación comunes de conformidad con el marco TIBER-EU para especificar más detalladamente:

a)

los criterios utilizados a efectos de la aplicación del apartado 8, párrafo segundo;

b)

los requisitos y normas que rigen el recurso a probadores internos;

c)

los requisitos en relación con:

i)

el alcance de las pruebas de penetración basadas en amenazas a que se refiere el apartado 2,

ii)

la metodología y el enfoque de realización de pruebas que deberán seguirse en cada fase específica del proceso de prueba,

iii)

las fases de resultados, conclusión y adopción de medidas correctoras del proceso de prueba;

d)

el tipo de cooperación en materia de supervisión y otros tipos de cooperación pertinente necesarios para llevar a cabo pruebas de penetración basadas en amenazas, así como la facilitación del reconocimiento mutuo de dichas pruebas, en el contexto de entidades financieras que operen en más de un Estado miembro, para permitir un nivel adecuado de participación de los supervisores y una ejecución flexible que tenga en cuenta las características específicas de subsectores financieros o mercados financieros locales.

Al elaborar dichos proyectos de normas técnicas de regulación, las Autoridades Europeas de Supervisión tendrán debidamente en cuenta cualquier característica específica derivada de la distinta naturaleza de las actividades en los distintos sectores de los servicios financieros.

Las Autoridades Europeas de Supervisión presentarán a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 17 de julio de 2024.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito