+Artículo 26 Pruebas avanzadas de las herramientas, los sistemas y los procesos de TIC basadas en pruebas de penetración basadas en amenazas
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Artículo 26 Pruebas avanzadas de las herramientas, los sistemas y los procesos de TIC basadas en pruebas de penetración basadas en amenazas

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 26 1

1.   Las entidades financieras distintas de las contempladas en el artículo 16, apartado 1, párrafo primero, y distintas de microempresas, determinadas de conformidad con el apartado 8, párrafo tercero, del presente artículo, llevarán a cabo al menos cada tres años pruebas avanzadas consistentes en pruebas de penetración basadas en amenazas. A partir del perfil de riesgo de la entidad financiera y teniendo en cuenta las circunstancias operativas, la autoridad competente podrá, en caso necesario, solicitar a la entidad financiera que reduzca o aumente esta frecuencia.

Artículo 26 2

2.   Cada una de las pruebas de penetración basadas en amenazas abarcará algunas o todas las funciones esenciales o importantes de una entidad financiera y se realizarán sobre los sistemas de producción activos que sustenten esas funciones.

Las entidades financieras determinarán todos los sistemas, procesos y tecnologías de TIC pertinentes subyacentes que sustenten funciones esenciales o importantes y servicios de TIC, incluidos aquellos que sustenten los servicios y funciones esenciales o importantes externalizados o contratados a proveedores terceros de servicios de TIC.

Las entidades financieras evaluarán qué funciones esenciales o importantes es necesario incluir en las pruebas de penetración basadas en amenazas. El resultado de esta evaluación determinará el alcance exacto de las pruebas de penetración basadas en amenazas y será validado por las autoridades competentes.

Artículo 26 3

3.   Cuando haya proveedores terceros de servicios de TIC incluidos en el ámbito de cobertura de las pruebas de penetración basadas en amenazas, la entidad financiera tomará las medidas y salvaguardias necesarias para asegurar la participación de estos proveedores terceros de servicios de TIC en las pruebas de penetración basadas en amenazas y mantendrá en todo momento la plena responsabilidad de garantizar el cumplimiento del presente Reglamento.

Artículo 26 4

4.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, párrafos primero y segundo, cuando quepa esperar razonablemente que la participación de un proveedor tercero de servicios de TIC en las pruebas de penetración basadas en amenazas a que se refiere el apartado 3 tenga una repercusión negativa en la calidad o la seguridad de los servicios prestados por el proveedor tercero de servicios de TIC a clientes que sean entidades excluidas del ámbito de aplicación del presente Reglamento, o en la confidencialidad de los datos relacionados con dichos servicios, la entidad financiera y el proveedor tercero de servicios de TIC podrán acordar por escrito que el proveedor tercero de servicios de TIC celebre directamente un acuerdo contractual con un probador externo, a efectos de llevar a cabo, bajo la dirección de una entidad financiera designada, una prueba de penetración basada en amenazas conjunta en la que participen varias entidades financieras (prueba conjunta) a las que el proveedor tercero de servicios de TIC preste servicios de TIC.

Dicha prueba conjunta abarcará la gama pertinente de servicios de TIC que sustenten funciones esenciales o importantes contratadas por las entidades financieras al proveedor tercero de servicios de TIC en cuestión. Se considerará que la prueba conjunta es una prueba de penetración basada en amenazas realizada por las entidades financieras que participen en ella.

El número de entidades financieras que participen en la prueba conjunta se calibrará debidamente teniendo en cuenta la complejidad y los tipos de servicios de que se trate.

Artículo 26 5

5.   Las entidades financieras, con la cooperación de los proveedores terceros de servicios de TIC y otras partes involucradas, incluidos los probadores pero con exclusión de las autoridades competentes, aplicarán controles efectivos de gestión del riesgo para mitigar los riesgos de cualquier posible repercusión en los datos, daño de los activos y perturbación de funciones, servicios u operaciones esenciales o importantes en la propia entidad financiera, en sus contrapartes o en el sector financiero.

Artículo 26 6

6.   Al finalizar la prueba, y una vez que se hayan aprobado los informes y los planes correctores, la entidad financiera y, en su caso, los probadores externos facilitarán a la autoridad, designada de conformidad con los apartados 9 o 10, un resumen de los hallazgos pertinentes, los planes correctores y la documentación que demuestre que la prueba de penetración basada en amenazas se ha realizado conforme a los requisitos.

Artículo 26 7

7.   Las autoridades proporcionarán a las entidades financieras un informe de validación que confirme que la prueba se efectuó de conformidad con los requisitos según constan en la documentación, con el fin de permitir el reconocimiento mutuo de las pruebas de penetración basadas en amenazas entre las autoridades competentes. La entidad financiera notificará a la autoridad competente pertinente la validación, el resumen de los hallazgos pertinentes y los planes correctores.

Sin perjuicio de dicha validación, las entidades financieras seguirán siendo plenamente responsables en todo momento de las repercusiones de las pruebas a que se refiere el apartado 4.

Artículo 26 8

8.   Las entidades financieras contratarán, de conformidad con el artículo 27, a probadores a efectos de la realización de pruebas de penetración basadas en amenazas. Cuando las entidades financieras recurran a probadores internos para realizar pruebas de penetración basadas en amenazas, contratarán a probadores externos cada tres pruebas.

Las entidades de crédito clasificadas como significativas de conformidad con el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 solo recurrirán a probadores externos de conformidad con el artículo 27, apartado 1, letras a) a e), del presente Reglamento.

Las autoridades competentes determinarán qué entidades financieras deberán realizar pruebas de penetración basadas en amenazas teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo 4, apartado 2, basándose en la evaluación de:

a)

factores relacionados con la repercusión, en particular la medida en que los servicios prestados y las actividades realizadas por la entidad financiera repercuten en el sector financiero;

b)

posibles problemas de estabilidad financiera, incluido el carácter sistémico de la entidad financiera a escala de la Unión o nacional, según proceda;

c)

el perfil de riesgo relacionado con las TIC específico, el nivel de madurez de las TIC de la entidad financiera o las características tecnológicas presentes.

Artículo 26 9

9.   Los Estados miembros podrán designar a una única autoridad pública en el sector financiero responsable de las cuestiones relacionadas con las pruebas de penetración basadas en amenazas en el sector financiero a escala nacional y le confiarán todas las competencias y tareas a tal efecto.

Artículo 26 10

10.   A falta de designación de conformidad con el apartado 9 del presente artículo, y sin perjuicio de la competencia para determinar las entidades financieras que están obligadas a llevar a cabo pruebas de penetración basadas en amenazas, una autoridad competente podrá delegar el ejercicio de todas o algunas de las tareas a que se refieren el presente artículo y el artículo 27 en otra autoridad nacional del sector financiero.

Artículo 26 11

11.   Las Autoridades Europeas de Supervisión desarrollarán, de acuerdo con el BCE proyectos de normas técnicas de regulación comunes de conformidad con el marco TIBER-EU para especificar más detalladamente:

a)

los criterios utilizados a efectos de la aplicación del apartado 8, párrafo segundo;

b)

los requisitos y normas que rigen el recurso a probadores internos;

c)

los requisitos en relación con:

i)

el alcance de las pruebas de penetración basadas en amenazas a que se refiere el apartado 2,

ii)

la metodología y el enfoque de realización de pruebas que deberán seguirse en cada fase específica del proceso de prueba,

iii)

las fases de resultados, conclusión y adopción de medidas correctoras del proceso de prueba;

d)

el tipo de cooperación en materia de supervisión y otros tipos de cooperación pertinente necesarios para llevar a cabo pruebas de penetración basadas en amenazas, así como la facilitación del reconocimiento mutuo de dichas pruebas, en el contexto de entidades financieras que operen en más de un Estado miembro, para permitir un nivel adecuado de participación de los supervisores y una ejecución flexible que tenga en cuenta las características específicas de subsectores financieros o mercados financieros locales.

Al elaborar dichos proyectos de normas técnicas de regulación, las Autoridades Europeas de Supervisión tendrán debidamente en cuenta cualquier característica específica derivada de la distinta naturaleza de las actividades en los distintos sectores de los servicios financieros.

Las Autoridades Europeas de Supervisión presentarán a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 17 de julio de 2024.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
SCF Penetration Testing

Description

Mechanisms exist to conduct penetration testing on Technology Assets, Applications and/or Services (TAAS).

Possible Solutions & Considerations

Micro-Small Business (<10 staff) / BLS Firm Size Classes 1-2

∙ Annual external vulnerability scan; penetration test when required by customers/contracts

Small Business (10-49 staff) / BLS Firm Size Classes 3-4

∙ Annual penetration test by qualified tester

Medium Business (50-249 staff) / BLS Firm Size Classes 5-6

∙ Annual penetration test by qualified third-party tester

Large Business (250-999 staff) / BLS Firm Size Classes 7-8

∙ Enterprise penetration testing program
∙ Annual external and internal pen tests

Enterprise (> 1,000 staff) / BLS Firm Size Class 9

∙ Enterprise penetration testing program
∙ Annual and event-driven pen tests
∙ Red team exercises
∙ Purple teaming

SCR-CMM

Level 0 Not Performed

Practices are non-existent, based on the inability to demonstrate an implemented and operational capability. A reasonable person would conclude the control is not being performed.

Level 1 Performed Informally

Vulnerability & Patch Management (VPM) domain capabilities are ad hoc and inconsistent. Capability criteria associated with this control may include:
▪ Policies, standards & procedures associated with VPM domain capabilities provide limited coverage due to the depth and breadth of the existing documentation.
▪ Attack Surface Management (ASM)-related activities are decentralized (e.g., a localized/regionalized function) and uses non-standardized methods to implement secure, resilient and compliant practices.

Level 2 Planned Tracked

Vulnerability & Patch Management (VPM) capabilities are requirements-driven, but are not standardized across the entity (e.g., local/regional level consistency). Capability criteria associated with this control reasonably expect the following criteria to exist:
▪ Policies and standards associated with VPM domain capabilities are formally documented and centrally-managed by the entity.
▪ Standardized Operating Procedures (SOP) associated with VPM domain capabilities are documented and maintained by process owners.
▪ IT and/or cybersecurity personnel work with business stakeholders and process owners to appropriately scope and reasonably implement cybersecurity and data protection controls associated with VPM domain capabilities to address applicable statutory, regulatory and/or contractual requirements for Technology Assets, Applications, Services and/or Data (TAASD).
▪ Vulnerability management-related controls are primarily administrative and preventative in nature (e.g., policies, standards and procedures & guidelines).
▪ Vulnerability management may be a defined function (e.g., team or department) or assigned as an additional duty to existing IT and/or cybersecurity personnel.
▪ IT and/or cybersecurity personnel, or contracted professionals, conduct annual penetration testing on network segments hosting High Value Assets (HVAs).

Level 3 Well Defined

Vulnerability & Patch Management (VPM) capabilities are standardized across the entity for applicability to People, Processes, Technologies, Data and/or Facilities (PPTDF) to ensure consistency for Technology Assets, Applications, Services and/or Data (TAASD). Capability criteria associated with this control reasonably expect the following criteria to exist:
▪ Policies and standards associated with VPM domain capabilities are formally documented and centrally-managed by the entity's Governance, Risk & Compliance (GRC) team, or similar function.
▪ Standardized Operating Procedures (SOP) associated with VPM domain capabilities are well-documented and kept current by process owners.
▪ A vulnerability management team, or similar function, is appropriately staffed and supported to implement and maintain VPM domain capabilities.
▪ Technology is leveraged to enhance the efficiency and accuracy of vulnerability management operations (e.g., patch management solution and vulnerability scanning solution).
▪ The entity's Governance, Risk & Compliance (GRC) team, or similar function, works with business stakeholders and process owners to appropriately scope and reasonably implement cybersecurity and data protection controls associated with VPM domain capabilities to address Minimum Compliance Requirements (MCR) (e.g., applicable statutory, regulatory and/or contractual requirements) and Discretionary Security Requirements (DSR) (e.g., entity-required controls).
▪ An implemented and operational capability exists to conduct penetration testing on Technology Assets, Applications and/or Services (TAAS).

Level 4 Quantitatively Controlled

Vulnerability & Patch Management (VPM) capabilities, in addition to being standardized across the entity and centrally managed to ensure consistency across Technology Assets, Applications, Services and/or Data (TAASD), efforts are metrics driven to provide sufficient insight for decision makers to predict optimal performance, ensure continued operations and/or identify areas for improvement. Capability criteria associated with this control reasonably expect the following criteria to exist:
▪ Applicable SCR-CMM Level 3 (Well Defined) capabilities are implemented and operational.
▪ Metrics reporting includes quantitative analysis of Key Performance Indicators (KPIs).
▪ Metrics reporting includes quantitative analysis of Key Risk Indicators (KRIs).
▪ Scope of metrics, KPIs and KRIs covers organization-wide cybersecurity and data protection controls, including functions performed by third-parties.
▪ Organizational leadership maintains a formal process to objectively review and respond to metrics, KPIs and KRIs (e.g., monthly or quarterly review).
▪ Based on metrics analysis, process improvement recommendations are submitted for review and are handled in accordance with change control processes.
▪ Business and technical stakeholders are involved in reviewing and approving proposed changes to evolve capabilities.

Level 5 Continuously Improving

Utilize SCR-CMM Level 3 or Level 4 (if available) criteria definitions:
▪ There are no defined Level 5 criteria, since it is reasonable to assume a continuously-improving process is not necessary to operationalize this control.
▪ Level 5 capabilities should be considered “world-class” where the control builds on Level 4 capabilities, but are continuously improving through Artificial Intelligence (AI) and/or Machine Learning (ML) technologies.
▪ While it may be possible to develop responsive capabilities for this control through the use of AI and/or ML technologies, the criteria would be organization-specific to define.