+Artículo 290 5.

Artículo 290 5.

Preverá, como mínimo, la aplicación a las exposiciones de pruebas mensuales de resistencia frente a los principales factores de riesgo de mercado, tales como tipos de interés, divisas, acciones, diferenciales de crédito y precios de materias primas, en relación con todas las contrapartes de la entidad, con objeto de determinar y, cuando sea necesario, permitir a la entidad reducir las concentraciones excesivas de riesgos direccionales específicos. Las pruebas de resistencia sobre las exposiciones —que incluirán los riesgos de factor único, los riesgos multifactor y los riesgos significativos no direccionales— y las pruebas de resistencia conjuntas sobre las exposiciones y la solvencia se llevarán a cabo con referencia al riesgo de contraparte de cada contraparte y grupo de contrapartes, así como al nivel agregado de la entidad en su conjunto.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito