+Artículo 292 5.

Artículo 292 5.

A fin de evaluar la eficacia de su calibración de resistencia para la EPE efectiva, las entidades crearán varias carteras de referencia que sean vulnerables a los principales factores de riesgo a los que aquellas estén expuestas. La exposición frente a dichas carteras de referencia se calculará utilizando: a) una metodología de resistencia, basada en los valores actuales de mercado y los parámetros del modelo calibrados según condiciones complicadas del mercado, y b) la exposición generada durante el período de dificultad, pero aplicando el método establecido en la presente sección (valor de mercado al término del período de dificultad, volatilidades y correlaciones del período de dificultad trienal).

Las autoridades competentes exigirán a las entidades que ajusten la calibración de resistencia si se registran desviaciones sustanciales entre las exposiciones de las referidas carteras de referencia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito