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+Artículo 325ter septdecies 7. |
Artículo 325ter septdecies 7.En el marco de la revisión y validación independientes de los modelos internos que utilicen a efectos del presente capítulo, incluido el sistema de medición de riesgos, las entidades deberán:
a)
verificar que el método de modelización de correlaciones y variaciones de precios es adecuado para su cartera, incluida la elección y ponderación de los factores de riesgo sistemáticos del modelo;
b)
realizar una serie de pruebas de resistencia, que incluyan análisis de sensibilidad y de supuestos, a fin de evaluar la racionalidad cualitativa y cuantitativa del modelo interno de riesgo de impago, en particular por lo que atañe al tratamiento de las concentraciones, y
c)
efectuar una adecuada validación cuantitativa, aplicando los pertinentes parámetros de referencia para la modelización interna. Las pruebas a que se hace referencia en la letra b) no se limitarán a las series de hechos que se hayan producido en el pasado. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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