+ANEXO I

ANEXO I




ANEXO I

Métodos para incrementar la exposición de un FIA

1. Toma en préstamo de efectivo sin garantía: cuando los préstamos de efectivo se invierten tienden a incrementar la exposición del FIA por el importe total del préstamo. Por tanto, la exposición mínima es siempre el importe de dicho préstamo. Puede ser más elevada si el valor de la inversión efectuada con el préstamo es mayor que el importe de este. A fin de evitar una doble contabilización, los préstamos de efectivo que se utilicen para financiar la exposición no se incluirán en el cálculo. Si los préstamos de efectivo no se invierten, sino que se mantienen en efectivo o equivalentes de efectivo, según lo especificado en el artículo 7, letra a), no incrementarán la exposición del FIA.

2. Toma en préstamo de efectivo con garantía: los préstamos de efectivo con garantía son similares a los préstamos de efectivo sin garantía, pero el préstamo puede estar garantizado por un conjunto de activos o por un único activo. Si los préstamos de efectivo no se invierten, sino que se mantienen en efectivo o equivalentes de efectivo, según lo especificado en el artículo 7, letra a), no incrementarán la exposición del FIA.

3. Deuda convertible: la deuda convertible es deuda adquirida que, en determinadas circunstancias, puede ser convertida por el tenedor o emisor en otro activo. La exposición del FIA es el valor de mercado de esos préstamos.

4. Permutas de tipos de interés: una permuta de tipos de interés es un acuerdo para el intercambio de flujos de efectivo basados en tipos de interés, calculados sobre un importe de principal nocional, a intervalos específicos (fechas de abono) durante la vigencia del acuerdo. Las obligaciones de pago de cada una de las partes se calculan aplicando un tipo de interés diferente basado en las exposiciones nocionales.

5. Contratos por diferencias: un contrato por diferencias (CFD) es un acuerdo entre dos partes —el inversor y el proveedor del CFD— por el que se pacta abonar a la otra parte la variación en el precio de un activo subyacente. En función de en qué dirección varía el precio, una parte abona a la otra la diferencia desde la fecha en que se acordó el contrato hasta la fecha en que vence. La exposición es el valor de mercado del activo subyacente. Igual tratamiento debe aplicarse en el caso de las apuestas financieras por diferencias (spread bets).

6. Contratos de futuros: un contrato de futuros es un acuerdo para comprar o vender un determinado importe de un valor, una divisa, una materia prima, un índice u otro activo en una determinada fecha futura y a un precio previamente pactado. La exposición es el valor de mercado del activo subyacente equivalente.

7. Permuta de rendimiento total: una permuta de rendimiento total es un acuerdo en el que una parte (pagador del rendimiento total) cede los resultados económicos totales de una obligación de referencia a la otra parte (destinatario del rendimiento total). Los resultados económicos totales incluyen los ingresos por intereses y comisiones, pérdidas o ganancias derivadas de los movimientos del mercado, y pérdidas crediticias. La exposición del FIA es el valor de mercado de los activos de referencia equivalentes que afecten a los resultados económicos de la permuta.

8. Contratos a plazo: un contrato a plazo es un acuerdo bilateral no normalizado por el que se pacta intercambiar un activo o flujos de efectivo en una fecha específica futura de liquidación a un precio pactado en la fecha de negociación. Una de las partes en el contrato es el comprador (posición larga), que acuerda pagar el precio pactado en la fecha de liquidación; la otra parte es el vendedor (posición corta), que acuerda recibir el precio pactado. Habitualmente, la celebración de un contrato a plazo no exige el pago de comisión. La exposición del FIA es el valor de mercado del activo subyacente equivalente. Este valor puede sustituirse por el valor nocional del contrato, cuando este sea inferior.

9. Opciones: una opción es un acuerdo por el que el comprador, que abona una comisión (prima), adquiere el derecho —pero no la obligación— de adquirir o vender un determinado importe de un activo subyacente a un precio acordado (precio de ejercicio) en la fecha de expiración del contrato o hasta dicha fecha. Las opciones pueden ser de compra y de venta. Los límites de la exposición del fondo serán, de un lado, una exposición potencial ilimitada, y, de otro, una exposición limitada al más elevado de los siguientes valores: el valor de la prima abonada o el valor de mercado de la opción. La exposición entre estos dos límites se calculará como el equivalente de la posición subyacente ajustado por la delta (la delta de una opción mide la sensibilidad del precio de una opción solo a una variación del precio del activo subyacente). Este mismo tratamiento debe aplicarse a los derivados implícitos, por ejemplo, en productos estructurados. La estructura debe desglosarse en sus distintos componentes y debe reflejarse adecuadamente el efecto de los diferentes niveles de exposición a derivados.

10. Pactos de recompra: existe pacto de recompra normalmente cuando un FIA «vende» valores a una contraparte (que suscribe un pacto de recompra inversa) y acuerda recomprarlos en el futuro a un precio acordado. El FIA incurrirá en costes financieros en esta operación y, por tanto, necesitará reinvertir el efectivo ingresado (en realidad, una garantía en efectivo) a fin de generar un rendimiento mayor que esos costes financieros. Esta reinversión de la «garantía en efectivo» implica que el FIA soportará un riesgo de mercado incremental y, por consiguiente, debe tenerse en cuenta en el cálculo de la exposición global. Los riesgos y beneficios económicos derivados de los valores «vendidos» los asume el FIA. Un pacto de recompra dará lugar casi siempre a apalancamiento, pues la garantía en efectivo se reinvertirá. Si, dentro de la operación, se recibe garantía distinta del efectivo y esta se reutiliza dentro de otro pacto de recompra, o acuerdo de préstamo de valores, en el importe de la exposición global debe incluirse el valor total de mercado de la garantía. La exposición del FIA se verá incrementada por la parte reinvertida de la garantía en efectivo.

11. Pactos de recompra inversa: existe pacto de recompra inversa cuando un FIA «adquiere» valores a una contraparte (que suscribe un pacto de recompra) y acuerda revenderlos en el futuro a un precio acordado. Los FIA realizan normalmente estas operaciones para generar un rendimiento de tipo mercado monetario de bajo riesgo, y los valores «adquiridos» actúan de garantía. En consecuencia, no se genera ninguna exposición global y el FIA tampoco asume los riesgos y beneficios derivados de los valores «adquiridos», esto es, no hay riesgo de mercado incremental. No obstante, los valores «adquiridos» pueden reutilizarse dentro de un pacto de recompra o una operación de préstamo de valores, según lo mencionado más arriba, y, en tal caso, en el importe de la exposición global debe incluirse el valor total de mercado de los valores. Los riesgos y beneficios económicos derivados de los valores adquiridos los asume la contraparte y, por tanto, no incrementan la exposición del FIA.

12. Contratos de préstamo de valores: un FIA que realice una operación de préstamo de valores prestará un valor a una contraparte (que, normalmente, tomará en préstamo el valor para cubrir una operación de venta en corto real) a cambio de una comisión acordada. El prestatario del valor entregará al FIA una garantía en efectivo o distinta del efectivo. Solo si la garantía en efectivo se reinvierte en instrumentos que no sean los definidos en el artículo 7, letra a), se generará una exposición global. Si la garantía distinta del efectivo se reutiliza dentro de un pacto de recompra u otra operación de préstamo de valores, en el importe de la exposición global se incluirá el valor total de mercado de los valores, según lo mencionado más arriba. Se generará exposición en la medida en que la garantía en efectivo se haya reinvertido.

13. Contratos de toma en préstamo de valores: un FIA que realice una operación de toma en préstamo de valores tomará en préstamo un valor de una contraparte a cambio de una comisión acordada. Posteriormente, el FIA venderá el valor en el mercado, pasando a mantener una posición corta en dicho valor. Si el efectivo ingresado por la venta se reinvierte, ello incrementará también la exposición del FIA. La exposición será el valor de mercado de los valores con respecto a los cuales se mantenga una posición corta; se generará exposición adicional en la medida en que el efectivo recibido se reinvierta.

14. Permutas de cobertura por impago: una permuta de cobertura por impago (CDS) es un contrato de derivado de crédito que otorga protección al comprador, generalmente el pleno reembolso, en caso de que la entidad de referencia incurra en impago o en un evento de crédito. A cambio, el vendedor de la CDS recibe del comprador un pago periódico, esto es, una prima. En lo que atañe al vendedor de la protección, la exposición será igual al más elevado de los siguientes valores: el valor de mercado de los activos de referencia subyacentes o el valor nocional de la permuta de cobertura por impago. En lo que atañe al comprador de protección, la exposición será el valor de mercado del activo de referencia subyacente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
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