+Artículo 11 Obligaciones generales de los importadores
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Artículo 11 Obligaciones generales de los importadores

Obligaciones generales de los importadores

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 11 1.
Los importadores solo introducirán en el mercado motores que cumplan los requisitos y hayan recibido la homologación de tipo UE.
Artículo 11 2.

Antes de introducir en el mercado un motor con homologación de tipo UE, los importadores se asegurarán de que:

a) 

el certificado de homologación de tipo UE junto con sus anexos, tal como se contempla el artículo 23, apartado 1, está a disposición;

b) 

el motor lleva la marca reglamentaria prevista en el artículo 32;

c) 

el motor cumple con lo dispuesto en el artículo 8, apartado 5.

Artículo 11 3.
Durante un período de diez años a partir de la introducción del motor en el mercado, los importadores, cuando sea aplicable, conservarán a disposición de las autoridades de homologación y de vigilancia del mercado una copia de la declaración de conformidad contemplada en el artículo 31 y garantizarán que el certificado de homologación de tipo UE junto con sus anexos tal como se contempla en el artículo 23, apartado 1, puedan ponerse a disposición de dichas autoridades previa petición.
Artículo 11 4.
Los importadores indicarán en el motor o, cuando ello no sea posible, en un documento que acompañe al motor, su nombre, su nombre comercial registrado o marca registrada y su dirección de contacto.
Artículo 11 5.
Los importadores se asegurarán de que el motor vaya acompañado de la información y las instrucciones previstas en el artículo 43.
Artículo 11 6.
Mientras sean responsables de un motor, los importadores se asegurarán de que las condiciones de almacenamiento o transporte no comprometan el cumplimiento de lo establecido en el presente capítulo o en el capítulo III.
Artículo 11 7.
Previa solicitud motivada, los importadores proporcionarán a la autoridad nacional solicitante toda la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad de un motor. Dicha información y documentación deberán estar en un idioma fácilmente comprensible para la autoridad solicitante.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito