+Artículo 6 1

Artículo 6 1

1.   Las AES utilizarán los datos facilitados por los registros de información a que se refiere el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) 2022/2554 para evaluar los subcriterios enumerados en los artículos 2 a 5. Las AES podrán utilizar también los datos adicionales de que dispongan procedentes de todas las fuentes de información para llevar a cabo la evaluación del carácter esencial.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito