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+Artículo 6 1 |
Artículo 6 11. Las AES utilizarán los datos facilitados por los registros de información a que se refiere el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) 2022/2554 para evaluar los subcriterios enumerados en los artículos 2 a 5. Las AES podrán utilizar también los datos adicionales de que dispongan procedentes de todas las fuentes de información para llevar a cabo la evaluación del carácter esencial. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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