+Artículo 280quinquies Adición en la categoría de riesgo de renta variable
---+Artículo 280quinquies 1.
---+Artículo 280quinquies 2.
---+Artículo 280quinquies 3.
---+Artículo 280quinquies 4.

Artículo 280quinquies Adición en la categoría de riesgo de renta variable

-

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 280quinquies 1.

A efectos del apartado 2, las entidades determinarán las correspondientes entidades de referencia en renta variable del conjunto de operaciones compensables de la manera siguiente:

a) 

deberá haber una entidad de referencia en renta variable para cada emisor de un instrumento de renta variable de referencia que constituya el subyacente de una operación uninominal asignada a la categoría de riesgo de renta variable; las operaciones uninominales deberán asignarse a la misma entidad de referencia en renta variable únicamente cuando el instrumento de renta variable de referencia que constituya el subyacente de tales operaciones sea emitido por el mismo emisor;

b) 

deberá haber una entidad de referencia en renta variable para cada grupo de instrumentos de renta variable de referencia o derivados sobre renta variable uninominales que constituyan el subyacente de una operación multinominal asignada a la categoría de riesgo de renta variable; las operaciones multinominales se asignarán a la misma entidad de referencia en renta variable únicamente cuando el grupo de instrumentos de renta variable de referencia o los derivados de crédito uninominales que constituyan el subyacente de tales operaciones, según proceda, tengan los mismos componentes.

Artículo 280quinquies 2.

A efectos del artículo 278, las entidades calcularán la adición correspondiente a la categoría de riesgo de renta variable para un determinado conjunto de operaciones compensables de la manera siguiente:

image

donde:

AdiciónRenta variable

=

adición correspondiente a la categoría de riesgo de renta variable;

j

=

índice que designa todos los conjuntos de posiciones compensables conexos al riesgo de renta variable establecidos de conformidad con el artículo 277 bis, apartado 1, letra a), y apartado 2, para el conjunto de operaciones compensables;

image

=

adición del conjunto de posiciones compensables j de la categoría de riesgo de renta variable, calculada de conformidad con el apartado 3.

Artículo 280quinquies 3.

Las entidades calcularán la adición correspondiente a la categoría de riesgo de renta variable del conjunto de posiciones compensables j de la manera siguiente:

image

donde:

image

=

adición del conjunto de posiciones compensables j de la categoría de riesgo de renta variable;

єj

=

coeficiente del factor supervisor del conjunto de posiciones compensables j, determinado de conformidad con el artículo 280;

k

=

índice que designa las entidades de referencia en renta variable del conjunto de operaciones compensables establecidas de conformidad con el apartado 1;

image

=

factor de correlación de la entidad de referencia en renta variable k; cuando la entidad de referencia en renta variable k se haya establecido de conformidad con el apartado 1, letra a),
image ; cuando la entidad de referencia en renta variable k se haya establecido de conformidad con el apartado 1, letra b),
image ;

Adición(Entidadk)

=

adición correspondiente a la entidad de referencia en renta variable k determinada de conformidad con el apartado 4.

Artículo 280quinquies 4.

Las entidades calcularán la adición correspondiente a la entidad de referencia en renta variable k de la manera siguiente:

image

donde:

Adición(Entidadk)

=

adición correspondiente a la entidad de referencia en renta variable k;

image

=

factor supervisor aplicable a la entidad de referencia en renta variable k; cuando la entidad de referencia en renta variable k se haya establecido de conformidad con el apartado 1, letra a),
image ; cuando la entidad de referencia en renta variable k se haya determinado de conformidad con el apartado 1, letra b),
image ;

image

=

importe nocional efectivo de la entidad de referencia en renta variable k, calculado de la manera siguiente:

image

donde:

l

=

índice que designa la posición de riesgo.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito