+6. Clasificación de las dimensiones y subdimensiones
---+21. Las dimensiones y subdimensiones de un subconjunto de exposiciones sectoriales a que se refiere …
---+22. La dimensión «tipo de deudor o sector de la contraparte» incluirá dos elementos mutuamente …
---+23. El elemento «persona jurídica» incluirá los siguientes subelementos: 6.1.1.1. sociedades no …
---+24. La subdimensión «actividad económica» incluirá las actividades económicas identificadas …
---+25. La dimensión «tipo de exposición» incluirá los siguientes elementos: 6.2.1. todas las …
---+26. Podrá considerarse un desglose adicional por los siguientes instrumentos, con arreglo a la …
---+27. El instrumento «préstamos y anticipos» incluirá el siguiente desglose: iii.a préstamos en …
---+28. La subdimensión «perfil de riesgo» incluirá los siguientes elementos: 6.2.a.1. exposiciones …
---+29. La dimensión «tipo de garantía real» incluirá los siguientes elementos mutuamente excluyentes …
---+30. El elemento «garantizadas/cubiertas por garantías reales» incluirá el desglose siguiente …
---+31. La subdimensión «zona geográfica» incluirá los siguientes elementos (unidades territoriales) …
---+32. Al combinar un elemento de la subdimensión «zona geográfica» con un elemento o subelemento de …

6. Clasificación de las dimensiones y subdimensiones

6. Clasificación de las dimensiones y subdimensiones

1. Resumen

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Título Regulación
21. Las dimensiones y subdimensiones de un subconjunto de exposiciones sectoriales a que se refiere …

Las dimensiones y subdimensiones de un subconjunto de exposiciones sectoriales a que se refiere la sección 4 incluirán los elementos especificados en esta sección. En el anexo 1 se incluye un resumen de las dimensiones y las subdimensiones correlacionadas, y sus elementos, que deberán emplearse para identificar un subconjunto específico de una exposición sectorial de conformidad con las presentes directrices.

6.1. Tipo de deudor o sector de la contraparte

22. La dimensión «tipo de deudor o sector de la contraparte» incluirá dos elementos mutuamente …

La dimensión «tipo de deudor o sector de la contraparte» incluirá dos elementos mutuamente excluyentes:

6.1.1. persona jurídica; o

6.1.2. persona física.

23. El elemento «persona jurídica» incluirá los siguientes subelementos: 6.1.1.1. sociedades no …

El elemento «persona jurídica» incluirá los siguientes subelementos:

6.1.1.1. sociedades no financieras;

6.1.1.2. instituciones financieras; y

6.1.1.3. administraciones públicas.

6.1.a. Actividad económica

24. La subdimensión «actividad económica» incluirá las actividades económicas identificadas …

La subdimensión «actividad económica» incluirá las actividades económicas identificadas mediante un código alfabético en el primer nivel (secciones) de la nomenclatura estadística común de actividades económicas en la Comunidad Europea (NACE Revisión 2) que figura en el anexo 1 del Reglamento (CE) n.º 1893/20069 .

6.2. Tipo de exposición


9 Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n.º 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

25. La dimensión «tipo de exposición» incluirá los siguientes elementos: 6.2.1. todas las …

La dimensión «tipo de exposición» incluirá los siguientes elementos:

6.2.1. todas las exposiciones;

6.2.2. exposiciones minoristas; y

6.2.3. exposiciones distintas de las exposiciones minoristas.

26. Podrá considerarse un desglose adicional por los siguientes instrumentos, con arreglo a la …

Podrá considerarse un desglose adicional por los siguientes instrumentos, con arreglo a la clasificación que figura en los anexos II y IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014 de la Comisión10 :

  • a. partidas en balance:
  • i. instrumentos de patrimonio;
  • ii. valores representativos de deuda; y
  • iii. préstamos y anticipos.
  • b. partidas fuera de balance:
  • iv. compromisos de préstamo concedidos;
  • v. garantías financieras concedidas; y
  • vi. otros compromisos concedidos.

10 Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014 de la Comisión, de 16 de abril de 2014, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 191 de 28.6.2014, p. 1).

27. El instrumento «préstamos y anticipos» incluirá el siguiente desglose: iii.a préstamos en …

El instrumento «préstamos y anticipos» incluirá el siguiente desglose:

iii.a préstamos en moneda extranjera; y

iii.b crédito al consumo.

6.2.a. Perfil de riesgo

28. La subdimensión «perfil de riesgo» incluirá los siguientes elementos: 6.2.a.1. exposiciones …

La subdimensión «perfil de riesgo» incluirá los siguientes elementos:

6.2.a.1. exposiciones dudosas;

6.2.a.2. ponderación del riesgo;

6.2.a.3. ratio deuda total/EBITDA (solo para las personas jurídicas);

6.2.a.4. ratio préstamo/valor (LTV);

6.2.a.5. ratio préstamo/ingresos (LTI) (solo para las personas físicas);

6.2.a.6. ratio deuda/ingresos (DTI) (solo para las personas físicas); y

6.2.a.7. ratio servicio de la deuda/ingresos (DSTI) (solo para las personas físicas). Los elementos 6.2.a.4 a 6.2.a.7 seguirán los métodos de medición y cálculo y las definiciones establecidas en los anexos IV y V de la Recomendación JERS/2016/14 sobre la eliminación de lagunas de datos sobre bienes inmuebles, modificada por la Recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico de 21 de marzo de 2019 (JERS/2019/3).

Los elementos 6.2.a.1 a 6.2.a.7 incluirán la indicación del umbral que debe superarse o no superarse al identificar un subconjunto de exposiciones.

6.3. Tipo de garantía real

29. La dimensión «tipo de garantía real» incluirá los siguientes elementos mutuamente excluyentes …

La dimensión «tipo de garantía real»11 incluirá los siguientes elementos mutuamente excluyentes:

6.3.1. garantizadas/cubiertas por garantías reales; y

6.3.2. no garantizadas.


11 A efectos de presentación, la categoría «no garantizadas» se considera un tipo de garantía real.

30. El elemento «garantizadas/cubiertas por garantías reales» incluirá el desglose siguiente …

El elemento «garantizadas/cubiertas por garantías reales» incluirá el desglose siguiente:

6.3.1.1. todos los tipos de garantía real;

6.3.1.2. garantizadas por bienes inmuebles residenciales (RRE);

6.3.1.3. garantizadas por bienes inmuebles comerciales (CRE); y

6.3.1.4. garantizadas por bienes distintos de bienes inmuebles.

6.3.a. Zona geográfica

31. La subdimensión «zona geográfica» incluirá los siguientes elementos (unidades territoriales) …

La subdimensión «zona geográfica» incluirá los siguientes elementos (unidades territoriales), siguiendo la nomenclatura común europea de unidades territoriales estadísticas (NUTS) establecida en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1059/200312 :

6.3.a.1. Estado miembro (unidad territorial de nivel NUTS 113 );

6.3.a.2. región de un Estado miembro (unidad territorial de nivel NUTS 2); y

6.3.a.3. subregión o ciudad de las unidades territoriales anteriores (unidad territorial NUTS 3).


12 Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 154 de 21.6.2003, p. 1), en su versión modificada.

13 En el caso de los Estados miembros más grandes, NUTS 1 no se refiere a todo el Estado miembro, sino a sus regiones. Por lo tanto, este nivel se mantiene como un elemento, aunque para algunos Estados miembros este nivel no será pertinente.

32. Al combinar un elemento de la subdimensión «zona geográfica» con un elemento o subelemento de …

Al combinar un elemento de la subdimensión «zona geográfica» con un elemento o subelemento de la dimensión «tipo de garantía real», la subdimensión «zona geográfica» se entenderá como sigue:

  • a) cuando la exposición esté garantizada por bienes inmuebles residenciales o comerciales, la subdimensión se refiere a la ubicación específica del bien inmueble (región, subregión o ciudad) en el Estado miembro o a todas las exposiciones garantizadas en ese Estado miembro;
  • b) cuando la exposición esté garantizada por bienes distintos de bienes inmuebles, la subdimensión se refiere, en el caso de las personas físicas, al lugar de residencia del deudor o contraparte (región, subregión o ciudad) en el Estado miembro o a todas las exposiciones garantizadas por bienes distintos de bienes inmuebles en ese Estado miembro y, en el caso de las personas jurídicas, al lugar específico del domicilio social de la persona jurídica (región, subregión o ciudad) en el Estado miembro;
  • c) cuando la exposición no esté garantizada, la subdimensión se refiere, en el caso de las personas físicas, al lugar de residencia específico del deudor o contraparte (región, subregión o ciudad) en el Estado miembro o a todas las exposiciones no garantizadas en ese Estado miembro y, en el caso de las personas jurídicas, al lugar específico del domicilio social de la persona jurídica (región, subregión o ciudad) en el Estado miembro.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/