+318. Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará …
|
318. Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará …
Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará, según proceda: - a. si el plan de capital cubre la totalidad del horizonte temporal adverso asumido;
- b. si el plan de capital propone un conjunto de medidas de mitigación y de gestión creíbles;
- c. si la empresa de servicios de inversión está dispuesta y es capaz de adoptar tales medidas para hacer frente a los incumplimientos de los requisitos de capital aplicables en condiciones adversas;
- d. si estas acciones de mitigación y gestión están sujetas a restricciones legales o de reputación;
- e. la probabilidad de que las medidas de mitigación y gestión permitan a la empresa de servicios de inversión cumplir plenamente los requisitos de capital aplicables en un plazo adecuado;
- f. si las medidas propuestas se ajustan en líneas generales a las consideraciones macroeconómicas y a los cambios regulatorios futuros conocidos que afecten a una empresa de servicios de inversión dentro del alcance y el calendario de los escenarios adversos contemplados; y
96 - g. cuando proceda, las opciones de recuperación y su análisis conforme a lo establecido en el plan de recuperación de la empresa de servicios de inversión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|