+318. Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará …

318. Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará …

Para determinar la credibilidad del plan de capital, la autoridad competente considerará, según proceda:

  • a. si el plan de capital cubre la totalidad del horizonte temporal adverso asumido;
  • b. si el plan de capital propone un conjunto de medidas de mitigación y de gestión creíbles;
  • c. si la empresa de servicios de inversión está dispuesta y es capaz de adoptar tales medidas para hacer frente a los incumplimientos de los requisitos de capital aplicables en condiciones adversas;
  • d. si estas acciones de mitigación y gestión están sujetas a restricciones legales o de reputación;
  • e. la probabilidad de que las medidas de mitigación y gestión permitan a la empresa de servicios de inversión cumplir plenamente los requisitos de capital aplicables en un plazo adecuado;
  • f. si las medidas propuestas se ajustan en líneas generales a las consideraciones macroeconómicas y a los cambios regulatorios futuros conocidos que afecten a una empresa de servicios de inversión dentro del alcance y el calendario de los escenarios adversos contemplados; y

96

  • g. cuando proceda, las opciones de recuperación y su análisis conforme a lo establecido en el plan de recuperación de la empresa de servicios de inversión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/