+Ámbito de aplicación
---+2. Las presentes Directrices se aplican en el momento de la autorización y de forma permanente a …
---+3. La evaluación de la idoneidad se basa en el requisito de que los miembros del órgano de …

Ámbito de aplicación

Ámbito de aplicación

1. Resumen

,
Título Regulación
2. Las presentes Directrices se aplican en el momento de la autorización y de forma permanente a …

Las presentes Directrices se aplican en el momento de la autorización y de forma permanente a las autoridades competentes, referidas en el artículo 3, apartado 1, punto 35, letra a), del MiCA, los emisores de ART y PSC3 , de conformidad con el artículo 34, apartado 2, y el artículo 68, apartado 1, del MiCA en lo que respecta a la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de dirección de:

  • a. un solicitante emisor de ART que solicite autorización con arreglo al artículo 18 del MiCA o que esté autorizado de conformidad con el artículo 21 de dicho Reglamento («emisor de ART» a efectos de las presentes Directrices);
  • b. un PSC que solicite una autorización en virtud del artículo 62 del MiCA, o un PSC autorizado de conformidad con el artículo 63 de dicho Reglamento («PSC» a efectos de las presentes Directrices), o, con referencia al artículo 68, apartado 1, del MiCA, que preste servicios de criptoactivos como parte de su autorización de conformidad con el artículo 60, apartados (2), (4), (5) y (6), del MiCA.

3 De conformidad con el artículo 60, apartado 10, del Reglamento (UE) 2023/1114, las entidades enumeradas en el artículo 60, apartados (1) a (6), no están sujetas, entre otras cosas, al artículo 63 del Reglamento (UE) 2023/1114.

3. La evaluación de la idoneidad se basa en el requisito de que los miembros del órgano de …

La evaluación de la idoneidad se basa en el requisito de que los miembros del órgano de dirección de los emisores de ART y PSC deben cumplir los criterios establecidos en el artículo 34, apartado 2, y el artículo 68, apartado 1, respectivamente, que establecen que los miembros del órgano de dirección deben reunir los requisitos de honorabilidad suficiente y capacidad de dedicar tiempo suficiente para desempeñar eficazmente sus funciones, así como en la evaluación de si los miembros del órgano de dirección tienen, individual y colectivamente, los conocimientos, las capacidades y la experiencia adecuados para desempeñar sus funciones. Los miembros del órgano de dirección de los emisores de ART y de PSC no deberán haber sido condenados por delitos relacionados con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo ni por otros delitos que puedan afectar a su honorabilidad. Entre los miembros del órgano de dirección que será objeto de evaluación se incluyen las personas que pasarán a ser miembros del órgano de dirección de un emisor de un emisor de ART o de un PSC y los miembros que ya hayan asumido su cargo. Cuando el órgano de dirección consista en una función de dirección y una función de supervisión, las presentes Directrices se aplicarán tanto a las funciones como a los miembros de ambas funciones4 .


4 El punto 27 del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (UE) 2023/1114 define el órgano de dirección como "el órgano u órganos de un emisor, oferente o persona que solicite la admisión a negociación de criptoactivos, o de un proveedor de servicios de criptoactivos, que estén nombrados de conformidad con el Derecho nacional, estén habilitados para fijar la estrategia, los objetivos y la orientación general de la entidad, y supervisen y controlen el proceso de toma de decisiones en materia de gestión de la entidad e incluyen a las personas que dirijan realmente las actividades de la entidad".

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/