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+Rango jurídico de las Directrices conjuntas |
Rango jurídico de las Directrices conjuntasEl presente documento contiene directrices conjuntas que se emitirán de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.° 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea); del Reglamento (UE) n.º 1094/2010 por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación); y del Reglamento (UE) n.º 1095/2010 por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados) (denominados colectivamente «Reglamentos de base»). La adopción de las Directrices debe llevarse a cabo de conformidad con el artículo 56, párrafo segundo, de los Reglamentos de base. De conformidad con el artículo 16, apartado 3, de los Reglamentos de base, las autoridades competentes harán todo lo posible para atenerse a las Directrices. Las Directrices conjuntas tienen por objeto establecer prácticas de supervisión coherentes, eficientes y eficaces en el marco del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF) y garantizar la aplicación común, uniforme y coherente del Derecho de la Unión en lo que respecta a la utilización del sistema establecido por las AES para el intercambio, por parte de las autoridades competentes, de la información pertinente para la evaluación de la idoneidad de los titulares de participaciones cualificadas, los administradores y los titulares de funciones clave de las entidades financieras y los participantes en los mercados financieros, de conformidad con los actos jurídicos a que se refiere el artículo 1, apartado 2, de los Reglamentos de base. Las autoridades competentes a las que se aplican las Directrices conjuntas deberían cumplirlas incorporándolas a sus prácticas de supervisión o a su marco regulador, según proceda (por ejemplo, modificando su marco jurídico o sus procedimientos de supervisión). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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