+Artículo 325ter duodecies 1.

Artículo 325ter duodecies 1.

La medida del riesgo en un supuesto de tensión de un determinado factor de riesgo no modelizable será la pérdida en la que se incurra en todas las posiciones de la cartera de negociación o las posiciones fuera de la cartera de negociación que están expuestas al riesgo de cambio o al riesgo de las materias primas mantenidas en la cartera que integre dicho factor de riesgo no modelizable, en el caso de que se aplique a este factor un supuesto extremo de perturbaciones futuras.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito