+Source Code Reviews

Source Code Reviews

Conduct source code reviews encompassing static and dynamic testing, for the purpose of acquisition, development and maintenance of ICT-systems. Include security testing for internet-exposed systems. Identify and address vulnerabilities and anomalies in the source code and put in place plans to mitigate them. Monitor mitigation efforts. Implement controls to safeguard the integrity of source code, whether developed in-house or by a third-party service provider. Analyze and test source code and proprietary software provided by third-party service providers or from open-source projects for vulnerabilities.

1. Resumen

Título Estándar

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Regulaciones relacionadas

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Regulaciones relacionadas

Regulaciones
Fuente Regulación
EULAW Artículo 16 1.

Dentro de las salvaguardias para preservar la disponibilidad, autenticidad, integridad y confidencialidad de los datos, las entidades financieras elaborarán, documentarán y aplicarán una política que regule la adquisición, el desarrollo y el mantenimiento de sistemas de TIC. Dicha política:

a) 

determinará las prácticas de seguridad y las metodologías relacionadas con la adquisición, el desarrollo y el mantenimiento de sistemas de TIC;

b) 

exigirá la determinación de:

i) 

especificaciones técnicas y especificaciones técnicas de las TIC en el sentido del artículo 2, puntos 4 y 5, del Reglamento (UE) n.o 1025/2012,

ii) 

requisitos relativos a la adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas de TIC, prestando especial atención a los requisitos de seguridad de las TIC y a su aprobación por la función empresarial pertinente y el propietario de los activos de TIC de conformidad con los mecanismos de gobernanza interna de la entidad financiera;

c) 

especificará medidas para mitigar el riesgo de alteración no intencionada o de manipulación intencionada de los sistemas de TIC durante su desarrollo, mantenimiento e implementación en el entorno de producción.

EULAW Artículo 16 2.
Las entidades financieras elaborarán, documentarán y aplicarán un procedimiento de adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas de TIC a efectos de la prueba y aprobación de todos los sistemas de TIC antes de su uso y después del mantenimiento, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, letra b), incisos v), vi) y vii). El nivel de las pruebas será acorde con el carácter esencial de los procedimientos empresariales y los activos de TIC afectados. Las pruebas estarán diseñadas con el objetivo de verificar la idoneidad de los nuevos sistemas de TIC para funcionar según lo previsto, así como la calidad del software desarrollado internamente.

Además de los requisitos establecidos en el párrafo primero, las entidades de contrapartida central asociarán al diseño y la realización de las pruebas a que se refiere dicho párrafo, según proceda, a:

a) 

los miembros compensadores y clientes;

b) 

las entidades de contrapartida central interoperables;

c) 

otras partes interesadas.

Además de los requisitos establecidos en el párrafo primero, los depositarios centrales de valores asociarán al diseño y la realización de las pruebas a que se refiere dicho párrafo, según proceda, a:

a) 

los usuarios;

b) 

los prestadores de servicios esenciales;

c) 

otros depositarios centrales de valores;

d) 

otras infraestructuras del mercado;

e) 

otras entidades con respecto a las cuales hayan determinado la existencia de interdependencias en el marco de su política de continuidad de la actividad.

EULAW Artículo 16 3.

El procedimiento a que se refiere el apartado 2 incluirá la realización de revisiones de códigos fuente que abarquen pruebas tanto estáticas como dinámicas. Dichas pruebas incluirán pruebas de seguridad de los sistemas y aplicaciones expuestos a internet de conformidad con el artículo 8, apartado 2, letra b), incisos v), vi) y vii). Las entidades financieras deberán:

a) 

identificar y analizar las vulnerabilidades y anomalías en el código fuente;

b) 

adoptar un plan de acción para hacer frente a esas vulnerabilidades y anomalías;

c) 

hacer un seguimiento de la aplicación de dicho plan de acción.

EULAW Artículo 16 4.
El procedimiento a que se refiere el apartado 2 incluirá pruebas de seguridad de los paquetes de software a más tardar en la fase de integración, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, letra b), incisos v), vi) y vii).
EULAW Artículo 16 5.

El procedimiento a que se refiere el apartado 2 dispondrá que:

a) 

los entornos distintos del de producción únicamente almacenarán datos de producción anonimizados, seudonimizados o aleatorizados;

b) 

las entidades financieras deberán proteger la integridad y la confidencialidad de los datos en los entornos distintos del de producción.