+ANEXO III LISTA DE RESIDUOS SUJETOS A LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN GENERAL ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 18 (LISTA «VERDE» DE RESIDUOS) A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 4, APARTADO 4, LETRA a)
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ANEXO III LISTA DE RESIDUOS SUJETOS A LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN GENERAL ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 18 (LISTA «VERDE» DE RESIDUOS) A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 4, APARTADO 4, LETRA a)
ANEXO III
LISTA DE RESIDUOS SUJETOS A LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN GENERAL ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 18 (LISTA «VERDE» DE RESIDUOS) A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 4, APARTADO 4, LETRA a)
Independientemente de que los residuos estén o no incluidos en la presente lista, pueden no estar sujetos a los requisitos generales de información establecidos en el artículo 18 de ir acompañados de determinada información si están contaminados con otros materiales en un grado tal que:
a)
aumente los riesgos asociados a los residuos lo suficiente como para que se considere adecuado someterlos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito, teniendo en cuenta la lista de residuos a que se refiere el artículo 7 de la Directiva 2008/98/CE, así como las características de peligrosidad mencionadas en el anexo III de dicha Directiva, o
b)
impida la valorización de los residuos de una forma ambientalmente correcta.
Parte I:
Residuos enumerados en el anexo IX del Convenio de Basilea (
16
).
A los efectos del presente Reglamento:
a)
cualquier referencia en el anexo IX del Convenio de Basilea a la lista A se entenderá como referencia al anexo IV del presente Reglamento;
b)
en la entrada B1020 de Basilea, el término «en forma acabada en bruto» incluye todas las formas metálicas no dispersables (
17
) de la chatarra a las que se hace referencia;
c)
la entrada B1030 de Basilea quedará redactada como sigue: «Residuos que contengan metales refractarios»;
d)
no es de aplicación la parte de la entrada B1100 de Basilea que se refiere a «escorias del tratamiento del cobre», etc., sino la entrada GB040 (OCDE) de la parte II;
▼M1 —————
▼B
f)
no es de aplicación la entrada B2050 de Basilea, sino la entrada GG040 (OCDE) de la parte II;
g)
no es de aplicación la entrada B3011 del Convenio de Basilea a los traslados de residuos en el interior de la Unión, sino la entrada siguiente:
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EU3011 (
18
)
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Residuos de materias plásticas (véanse la entrada AC300 correspondiente de la parte II del anexo IV, y la entrada EU48 correspondiente de la parte I del anexo IV):
Los residuos de materias plásticas que se indican a continuación, a condición de que apenas estén contaminados y apenas contengan otros tipos de residuos (
19
) y se destinen al reciclado:
—
Residuos de materias plásticas que consisten casi exclusivamente (
20
) en un polímero no halogenado, con inclusión de los siguientes, pero sin limitarse a ellos:
—
acrilonitrilo butadieno estireno (ABS)
—
tereftalato de polietileno (PET)
—
Residuos de materias plásticas que consisten casi exclusivamente (
21
) en una resina curada o un producto de condensación endurecido, con inclusión de las siguientes resinas, pero sin limitarse a ellas:
—
resinas ureicas de formaldehído
—
resinas fenólicas de formaldehído
—
resinas melamínicas de formaldehído
—
Residuos de materias plásticas consistentes casi exclusivamente (21) en uno de los siguientes polímeros fluorados (
22
):
—
perfluoroetileno/propileno (FEP)
—
perfluoroalcoxialcanos:
—
tetrafluoroetileno / éter de perfluoroalquilo y vinilo (PFA)
—
tetrafluoroetileno / éter de perfluorometilo y vinilo (MFA)
—
fluoruro de polivinilo (PVF)
—
fluoruro de polivinilideno (PVDF)
—
politetrafluoroetileno (PTFE)
—
Policloruro de vinilo (PVC)
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Parte II:
Residuos que contengan metales, procedentes de la fundición, fusión y refinación de metales
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GB040
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7112
2620 30
2620 91
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Escorias procedentes del tratamiento de metales preciosos y del cobre, destinados a una recuperación posterior
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Otros residuos que contengan metales
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GC010
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Montajes eléctricos constituidos solamente por metales o aleaciones ()
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GC020
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Chatarra electrónica (por ejemplo, circuitos impresos, componentes electrónicos, cables, etc.) y componentes electrónicos recuperados, adecuados para la valorización de metales comunes y preciosos ()
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GC030
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ex 8908 00
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Barcos y demás artefactos flotantes para desguace debidamente vaciados de toda carga y otros materiales derivados de la explotación del barco que puedan haberse clasificado como sustancias o residuos peligrosos ()
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GC050
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Catalizadores de cracking en lecho fluido (FCC) usados (por ejemplo, óxido de aluminio o zeolitas)
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(1)
Los términos «debidamente vaciados» se entiende que suponen el pleno cumplimiento de las normas y directrices internacionales sobre el reciclado de buques.
►M1
(2)
La entrada GC010 se aplicará únicamente a los residuos trasladados dentro de la Unión y únicamente hasta el 31 de diciembre de 2026.
◄
►M1
(3)
La entrada GC020 se aplicará únicamente a los residuos trasladados dentro de la Unión y únicamente hasta el 31 de diciembre de 2026.
◄
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Residuos de vidrio en forma no dispersable
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GE020
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ex 7001
ex 7019 39
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Residuos de fibra de vidrio
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Residuos cerámicos en forma no dispersable
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GF010
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Residuos de productos cerámicos cocidos después de darles forma, incluidos los recipientes de cerámica (antes y después de usar)
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Otros residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos
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GG030
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ex 2621
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Cenizas de hogar y escorias de centrales eléctricas de carbón
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GG040
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ex 2621
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Cenizas volantes de centrales eléctricas de carbón
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Residuos de las operaciones de curtido, peletería y utilización de pieles
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GN010
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ex 0502 00
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Desperdicios de cerdas de jabalí o de cerdo, pelo de tejón y demás pelos de cepillería
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GN020
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ex 0503 00
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Desperdicios de crin, incluso en capas con soporte o sin él
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GN030
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ex 0505 90
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Desperdicios de pieles y de otras partes de aves, con las plumas o con el plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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