+Directrices (EBA/GL/2014/08)
---+Rango jurídico de las presentes Directrices
------+Status of these Guidelines
------+Reporting Requirements
------+Title I - Subject matter, scope and definitions
---------+1. Objeto y ámbito de aplicación de estas directrices 1.1. Estas directrices proporcionan …
---------+2. Entidades sujetas a la recopilación de información 2.1. Las autoridades competentes velarán por …
---------+3. Perímetro de consolidación y recopilación de información 3.1. Las autoridades competentes …
------+Title II - Requirements regarding the format and frequency of the remuneration benchmarking exercise
---------+4. Información a recopilar y fechas de presentación a la ABE 4.1. Las autoridades competentes …
---------+5. Año de referencia de la información recopilada y conversión de moneda 5.1. La información …
---------+6. Calidad de la información 6.1. Las autoridades competentes comprobarán si la información …
------+Title III- Transitional provisions and implementation
---------+7. Derogación Se derogan de forma inmediata las Directrices de la ABE sobre el ejercicio de …
---------+8. Disposiciones transitorias 8.1. Las autoridades competentes obtendrán de las entidades la …
---------+9. Fecha de aplicación Las autoridades competentes deberán aplicar las presentes directrices …
------+Annex 1 – Information on remuneration for all staff
---------+Name of the institution/group:
---------+Performance year for which the remuneration is awarded (year N):
---------+(Headcount) # #
---------+(in EUR)
---------+EUR)
------+Annex 2 – Information on remuneration of identified staff
------+Annex 3 – Information on identified staff remunerated EUR 1 million or more per financial year
---------+Reporting under Article 450(1)(i) of Regulation (EU) No 575/2013
English - European Union - Financial Industry -

Directrices (EBA/GL/2014/08)

Directrices (EBA/GL/2014/08)

https://www.eba.europa.eu/activities/single-rulebook/regulatory-activities/remuneration/guidelines-remuneration-benchmarking-exercise – PDF

1. Resumen

,
Título Regulación
Rango jurídico de las presentes Directrices

El presente documento contiene directrices emitidas en virtud del artículo 16 del Reglamento (UE) nº 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión nº 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión («Reglamento de la ABE»). Con arreglo al artículo 16, apartado 3, del Reglamento de la ABE, las autoridades competentes y las entidades financieras harán todo lo posible para atenerse a ellas.

Las directrices exponen el punto de vista de la ABE sobre las prácticas de supervisión más adecuadas en el marco del Sistema Europeo de Supervisión Financiera y sobre cómo debería aplicarse el Derecho de la Unión en un determinado ámbito. En consecuencia, la ABE espera que todas las autoridades competentes y entidades financieras a las que se dirigen las directrices las cumplan. Las autoridades competentes a las que sean de aplicación las directrices deberían cumplirlas incorporándolas a sus prácticas de supervisión de la forma más apropiada (modificando, por ejemplo, su marco jurídico o sus procedimientos de supervisión), incluso en aquellos casos en los que determinadas directrices vayan dirigidas principalmente a las entidades.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito

Incidencias vinculadas

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