+Artículo 231 Cálculo de los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo y las pérdidas esperadas en el caso de conjuntos de coberturas del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares admisibles para una exposición tratada con arreglo al método IRB

Artículo 231 Cálculo de los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo y las pérdidas esperadas en el caso de conjuntos de coberturas del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares admisibles para una exposición tratada con arreglo al método IRB

Artículo 231

Cálculo de los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo y las pérdidas esperadas en el caso de conjuntos de coberturas del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares admisibles para una exposición tratada con arreglo al método IRB

Las entidades que hayan obtenido múltiples tipos de cobertura del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares podrán aplicar, para las exposiciones tratadas con arreglo al método IRB, la fórmula establecida en el artículo 230, de forma secuencial para cada tipo de garantía real. A tal efecto, dichas entidades, tras cada una de las fases de reconocimiento de cada tipo de cobertura del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares, reducirán el valor residual de la exposición no garantizada (EU) en el valor ajustado de la garantía real (ES) reconocido en esa fase. Con arreglo al artículo 230, apartado 1, el valor total de ES de todos los tipos de cobertura del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares estará limitado como máximo al valor de E (1+HE), dando lugar a la siguiente fórmula:

image

donde:

LGDS,i

= la LGD aplicable a la cobertura del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares i, según se especifica en el artículo 230, apartado 2;

ES,i

= el valor actual de la cobertura del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares i que se ha recibido tras la aplicación del ajuste de volatilidad aplicable a ese tipo de cobertura (Hc) con arreglo al artículo 230, apartado 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito