+56. Las entidades calcularán la brecha salarial en términos de representación de cada género como …

56. Las entidades calcularán la brecha salarial en términos de representación de cada género como …

Las entidades calcularán la brecha salarial en términos de representación de cada género como porcentaje del personal masculino y femenino sobre la base del número total de personal y de personal identificado, respectivamente. Cuando proceda con arreglo al apartado 55, harán el cálculo por cuartil, de modo que los porcentajes de representación masculina y femenina resultarán, en su caso, en el 100,00 % para cada cuartil calculado y para las cifras totales de todo el personal y del personal identificado.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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