+53. Para la evaluación de la honorabilidad de los miembros, la autoridad competente solicitará …

53. Para la evaluación de la honorabilidad de los miembros, la autoridad competente solicitará …

Para la evaluación de la honorabilidad de los miembros, la autoridad competente solicitará información relativa a lo siguiente:

  • a. certificados de antecedentes penales o su equivalente nacional en relación con los delitos pertinentes, de conformidad con el artículo 5, letra b), inciso i), de la Directiva (UE) 2021/2167;
  • b. investigaciones, procedimientos de ejecución o sanciones por parte de una autoridad supervisora en los que la persona haya estado involucrada directa o indirectamente;
  • c. denegación de registro, autorización, afiliación o licencia para llevar a cabo actividades comerciales, de negocio o profesionales, o la revocación, retirada o anulación del registro, la autorización, afiliación o licencia, o la expulsión dictada por un órgano regulador o público, o un órgano o asociación profesional;
  • d. despido o destitución de un puesto de confianza, relación fiduciaria o situación similar, o la petición de cese en dicho puesto, excluidos los despidos colectivos; y
  • e. si otra autoridad competente ya ha llevado a cabo o no una evaluación de la honorabilidad de la persona (incluidas la identidad de dicha autoridad, la fecha de la evaluación y pruebas del resultado de la misma).

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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