+46. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma …

46. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma …

Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma en que determinarán qué transferencias serán objeto de seguimiento durante o después de la transferencia, de conformidad con el artículo 7, apartado 2, el artículo 11, apartado 2, el artículo 16, apartado 1, y el artículo 20 del Reglamento (UE) 2023/1113. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán, como mínimo:

  • a) qué factores de riesgo tendrán en cuenta en esta evaluación; y
  • b) qué factores de aumento del riesgo, o combinación de factores de aumento del riesgo, desencadenarán siempre el seguimiento durante la transferencia, y cuáles desencadenarán una revisión específica después de que haya tenido lugar la transferencia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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