+4.4. Información que debe transmitirse con la transferencia de conformidad con los artículos 4 y 14 del Reglamento (UE) 2023/1113
---+42. Los procedimientos a que se refieren los artículos 7 11, 16 y 20 del Reglamento (UE) 2023/1113 …
---+43. Los PSP y los PSPI de los beneficiarios se asegurarán de que, en relación con sus sistemas de …
---+44. Cuando un sistema de mensajería o de pago y liquidación de un PSP o un PSPI no cumple con todos …
---+45. Los PSP y los PSPI de los beneficiarios establecerán en sus políticas y procedimientos: a) cómo …
---+46. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma …
---+47. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI determinarán los factores de riesgo sobre la base de …
---+48. Al considerar si una transferencia suscita o no sospecha, los PSP, los PSPI, los PSCA o los …
---+49. El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán la información como información que …
---+50. El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán al menos la siguiente información …
---+51. Cuando los PSP, los PSCA, los PSPI y los PSCAI usen una lista de términos que normalmente se …
|
4.4. Información que debe transmitirse con la transferencia de conformidad con los artículos 4 y 14 del Reglamento (UE) 2023/1113
Transferencia de fondos y de criptoactivos
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
42. Los procedimientos a que se refieren los artículos 7 11, 16 y 20 del Reglamento (UE) 2023/1113 …
|
Los procedimientos a que se refieren los artículos 7 11, 16 y 20 del Reglamento (UE) 2023/1113 contendrán, como mínimo: - a) las medidas tomadas para la detección de falta de información o información incompleta o carente de sentido o de caracteres o entradas inadmisibles;
- b) una combinación de prácticas de seguimiento durante y después de la transferencia proporcionales al nivel de riesgo de BC/FT al que están expuestas las transferencias, determinado de conformidad con las Directrices de la ABE sobre factores de riesgo de BC/FT; y
- c) los criterios que ayudan a los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI a identificar los factores de aumento del riesgo, como se describe en el apartado 52.
4.5.2. Controles de caracteres o entradas admisibles en las transferencias de fondos, de conformidad con el artículo 7, apartado 1, y el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1113 Transferencia de fondos
|
|
43. Los PSP y los PSPI de los beneficiarios se asegurarán de que, en relación con sus sistemas de …
|
Los PSP y los PSPI de los beneficiarios se asegurarán de que, en relación con sus sistemas de mensajería o de pago y liquidación: - a) comprenden las reglas de validación del sistema;
- b) el sistema contiene todos los campos necesarios para obtener la información requerida en el Reglamento (UE) 2023/1113, tal como se especifica en la sección 4.4;
- c) el sistema impide el envío o la recepción de transferencias cuando se detectan caracteres o entradas inadmisibles; y
- d) el sistema señala las transferencias rechazadas para su revisión y procesamiento manuales.
|
|
44. Cuando un sistema de mensajería o de pago y liquidación de un PSP o un PSPI no cumple con todos …
|
Cuando un sistema de mensajería o de pago y liquidación de un PSP o un PSPI no cumple con todos los criterios estipulados en el apartado 43 anterior, el PSP o el PSPI establecerán controles para mitigar las deficiencias.
|
|
45. Los PSP y los PSPI de los beneficiarios establecerán en sus políticas y procedimientos: a) cómo …
|
Los PSP y los PSPI de los beneficiarios establecerán en sus políticas y procedimientos: - a) cómo detectarán si los campos relativos a la información en el sistema de mensajería
- o de pago y liquidación se han cumplimentado con caracteres o entradas que cumplen los protocolos de dicho sistema; y
- b) las medidas que adoptarán cuando los caracteres o entradas no estén en consonancia con los protocolos de dicho sistema.
4.5.3. Seguimiento de las transferencias de conformidad con el artículo 7, apartado 2, el artículo 11, apartado 2, el artículo 16, apartado 1, y el artículo 20 del Reglamento (UE) 2023/1113 Transferencia de fondos y de criptoactivos
|
|
46. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma …
|
Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán en sus políticas y procedimientos la forma en que determinarán qué transferencias serán objeto de seguimiento durante o después de la transferencia, de conformidad con el artículo 7, apartado 2, el artículo 11, apartado 2, el artículo 16, apartado 1, y el artículo 20 del Reglamento (UE) 2023/1113. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI establecerán, como mínimo: - a) qué factores de riesgo tendrán en cuenta en esta evaluación; y
- b) qué factores de aumento del riesgo, o combinación de factores de aumento del riesgo, desencadenarán siempre el seguimiento durante la transferencia, y cuáles desencadenarán una revisión específica después de que haya tenido lugar la transferencia.
|
|
47. Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI determinarán los factores de riesgo sobre la base de …
|
Los PSP, los PSPI, los PSCA y los PSCAI determinarán los factores de riesgo sobre la base de los establecidos en las Directrices de la ABE sobre factores de riesgo de BC/FT, así como los factores de riesgo pertinentes a partir de su evaluación de riesgos de toda la actividad de negocio, y la evaluación sectorial y nacional de riesgos, en la medida en que estén disponibles. Los factores de riesgo incluirán, como mínimo: - a) las transferencias que superen un umbral predefinido teniendo en cuenta el valor medio de las transferencias que procesan habitualmente y lo que constituye una transferencia inusualmente elevada, en función de su modelo de negocio concreto;
- b) las transferencias en las que el ordenante, el originante, el beneficiario, el PSP del ordenante, el PSCA del originante o el PSP o PSCA del beneficiario estén situados en países o territorios sujetos a medidas restrictivas, incluidas sanciones financieras específicas, o países o territorios que presenten un alto riesgo de elusión de medidas restrictivas o sanciones financieras específicas;
- c) las transferencias en las que el ordenante, el originante, el beneficiario, el PSP del ordenante, el PSCA del originante o el PSP o PSCA del beneficiario estén establecidos en un país asociado a un alto riesgo de BC/FT, incluidos, entre otros:
- i) los países identificados como de alto riesgo por la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 9 de la Directiva (UE) 2015/849; y
- ii) los países que, sobre la base de fuentes fiables, como evaluaciones, evaluaciones recíprocas, informes de evaluación o informes de seguimiento publicados, carezcan de requisitos en materia de PBC/FT que sean coherentes con la Directiva (UE) 2015/849 o las Recomendaciones del GAFI y los países que no hayan aplicado efectivamente dichos requisitos;
- d) las transferencias en las que el PSP del ordenante, el PSCA del originante, el PSPI, el PSCAI o el PSP o PSCA del beneficiario se encuentran situados en un país que, sobre la base de la información pública disponible, aún no ha implementado la obligación de obtener, mantener y transmitir información sobre el originante y el beneficiario al realizar transferencias electrónicas y virtuales de activos;
- e) las transferencias con entidades establecidas en un tercer país que no disponga de regímenes de concesión de licencias o que no regule la actividad de los PSP en el caso de las transferencias de fondos y las actividades de los PSCA en el caso de las transferencias de criptoactivos;
- f) las transferencias con direcciones autoalojadas;
- g) las transferencias desde o hacia cuentas, direcciones o monederos electrónicos cuyo vínculo con actividades sospechosas sea conocido;
- h) un historial negativo de cumplimiento en materia de PBC/FT del PSP, PSPI, PSCA o PSCAI anterior en la cadena de transferencias, sobre la base de información pública;
- i) las transferencias desde un PSP, un PSPI, un PSCA o un PSCAI que se ha identificado que reiteradamente no ha facilitado la información requerida sin una razón justificada,
- o desde un PSP, un PSPI, un PSCA o un PSCAI del que se sabe previamente que no ha proporcionado la información requerida en varias ocasiones sin una razón justificada, aunque no haya actuado así de manera reiterada;
- j) el uso de otras técnicas para estratificar las transacciones y dificultar el rastreo de los criptoactivos ocultando el rastro que conduce al originante, incluyendo, entre otras:
- i) los fondos y criptoactivos recibidos y transferidos de nuevo con rapidez, alargando así artificialmente la cadena de transferencias;
- ii) las técnicas, productos o servicios que potencian el anonimato, incluidos, entre otros, los servicios mezcladores de criptoactivos ( mixers o tumblers ), los anonimizadores del Protocolo de Internet (IP) y las direcciones ocultas.
|
|
48. Al considerar si una transferencia suscita o no sospecha, los PSP, los PSPI, los PSCA o los …
|
Al considerar si una transferencia suscita o no sospecha, los PSP, los PSPI, los PSCA o los PSCAI adoptarán una visión holística de todos los factores de riesgo de BC/FT asociados a la transferencia y considerarán que el hecho de que falte información o de que esta sea inadmisible no da lugar, por sí mismo, a sospechas de BC/FT. 4.5.4. Control de falta de información, de conformidad con el artículo 7, apartado 2, el artículo 11, apartado 2, el artículo 16, apartado 1, y el artículo 20 del Reglamento (UE) 2023/1113 Transferencia de fondos y de criptoactivos
|
|
49. El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán la información como información que …
|
El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán la información como información que falta si los campos se dejan vacíos o si la información facilitada carece de sentido o está incompleta.
|
|
50. El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán al menos la siguiente información …
|
El PSP o PSCA del beneficiario, el PSPI y el PSCAI tratarán al menos la siguiente información como carente de sentido: - a) cadenas de caracteres aleatorios o ilógicos (como «xxxxx» o «ABCDEFG»);
- b) utilización de tratamientos (como Dr. o Sra.) sin el nombre de la persona;
- c) otras denominaciones incoherentes o ininteligibles (como « Otro» o «Mi cliente»).
|
|
51. Cuando los PSP, los PSCA, los PSPI y los PSCAI usen una lista de términos que normalmente se …
|
Cuando los PSP, los PSCA, los PSPI y los PSCAI usen una lista de términos que normalmente se consideren como carentes de sentido revisarán periódicamente esta lista para asegurarse de que se mantiene actualizada.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|