+Artículo 325octodecies 2.

Artículo 325octodecies 2.

Los factores de riesgo vega conexos al tipo de cambio que deberán aplicar las entidades a las opciones cuyos subyacentes sean sensibles al tipo de cambio serán las volatilidades implícitas de los tipos de cambio entre pares de divisas. Las volatilidades implícitas se asignarán a los siguientes vencimientos en función de los vencimientos de las correspondientes opciones sujetas a requisitos de fondos propios: 0,5  años, 1 año, 3 años, 5 años y 10 años.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito