+CAPÍTULO IX Disposiciones finales
---+Artículo 45 Presentación de informes
------+Artículo 45 1
------+Artículo 45 2
---+Artículo 46 Modificación del Reglamento (UE) 2017/1129
---+Artículo 47 Modificación de la Directiva (UE) 2019/1937
---+Artículo 48 Período transitorio respecto a los servicios de financiación participativa prestados de conformidad con el Derecho nacional
------+Artículo 48 1
------+Artículo 48 2
------+Artículo 48 3
---+Artículo 49 Excepción temporal respecto al umbral que figura en el artículo 1, apartado 2, letra c)
---+Artículo 50 Transposición de la modificación de la Directiva (UE) 2019/1937
------+Artículo 50 1
------+Artículo 50 2
---+Artículo 51 Entrada en vigor y aplicación

CAPÍTULO IX Disposiciones finales

CAPÍTULO IX Disposiciones finales

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 45 Presentación de informes
Artículo 46 Modificación del Reglamento (UE) 2017/1129

Artículo 46

Modificación del Reglamento (UE) 2017/1129

En el artículo 1, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1129, se añade la letra siguiente:

«k)

una oferta de valores al público hecha por un proveedor de servicios de financiación participativa autorizado con arreglo al Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo (*3), siempre que no supere el umbral establecido en el artículo 1, apartado 2, letra c), de dicho Reglamento.

Artículo 47 Modificación de la Directiva (UE) 2019/1937

Artículo 47

Modificación de la Directiva (UE) 2019/1937

En la parte I, punto B, del anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, se añade el inciso siguiente:

«xxi)

el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas, y por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/1129 y la Directiva (UE) 2019/1937 (DO L 347 de 20.10.2020, p. 1).».

Artículo 48 Período transitorio respecto a los servicios de financiación participativa prestados de conformidad con el Derecho nacional
Artículo 49 Excepción temporal respecto al umbral que figura en el artículo 1, apartado 2, letra c)

Artículo 49

Excepción temporal respecto al umbral que figura en el artículo 1, apartado 2, letra c)

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, letra c), del presente Reglamento, durante un período de 24 meses a partir del 10 de noviembre de 2021, cuando en un Estado miembro el umbral del importe total para la publicación de un folleto de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/1129 sea inferior a 5 000 000 EUR, el presente Reglamento solo se aplicará en ese Estado miembro a las ofertas de financiación participativa hasta el importe de dicho umbral.

Artículo 50 Transposición de la modificación de la Directiva (UE) 2019/1937
Artículo 51 Entrada en vigor y aplicación

Artículo 51

Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Se aplicará a partir del 10 de noviembre de 2021.


(1)   DO C 367 de 10.10.2018, p. 65.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 27 de marzo de 2019 (pendiente de publicación en el Diario Oficial) y Posición del Consejo en primera lectura de 20 de julio de 2020 (pendiente de publicación en el Diario Oficial). Posición del Parlamento Europeo de 5 de octubre de 2020 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(3)  Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (DO L 133 de 22.5.2008, p. 66).

(4)  Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338).

(5)  Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (DO L 173 de 12.6.2014, p. 349).

(6)  Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE (DO L 168 de 30.6.2017, p. 12).

(7)  Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015, p. 35).

(8)  Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión (DO L 141 de 5.6.2015, p. 73).

(9)  Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio, así como sobre la supervisión prudencial de dichas entidades, por la que se modifican las Directivas 2005/60/CE y 2006/48/CE y se deroga la Directiva 2000/46/CE (DO L 267 de 10.10.2009, p. 7).

(10)  Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 84).

(11)  Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativa a los sistemas de indemnización de los inversores (DO L 84 de 26.3.1997, p. 22).

(12)  Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de 12.6.2014, p. 149).

(13)  Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).

(14)   DO L 123 de 12.5.2016, p. 1.

(15)  Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 12).

(16)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1).

(17)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(18)  Directiva (UE) 2020/1504 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, por la que se modifica la Directiva 2014/65/UE relativa a los mercados de instrumentos financieros (véase la página 50 del presente Diario Oficial).

(19)  Reglamento (UE) n.o 1075/2013 del Banco Central Europeo, de 18 de octubre de 2013, relativo a las estadísticas sobre activos y pasivos de las sociedades instrumentales dedicadas a operaciones de titulización (DO L 297 de 7.11.2013, p. 107).

(20)  Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1).

(21)  Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 575/2013, (UE) n.o 600/2014 y (UE) n.o 806/2014 (DO L 314 de 5.12.2019, p. 1).

(22)  Reglamento (UE) n.o 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, sobre los documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista empaquetados y los productos de inversión basados en seguros (DO L 352 de 9.12.2014, p. 1).

(23)  Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, p. 19).

(24)  Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 1095/2010 (DO L 174 de 1.7.2011, p. 1).

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito