+Artículo 44 Personas del medio político que son beneficiarias de pólizas de seguro
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Artículo 44 Personas del medio político que son beneficiarias de pólizas de seguro

Artículo 44

Personas del medio político que son beneficiarias de pólizas de seguro

Las entidades obligadas deberán tomar medidas razonables para determinar si los beneficiarios de pólizas de seguros de vida u otros seguros relacionados con inversiones o, en su caso, el titular real del beneficiario, son personas del medio político. Esas medidas se adoptarán a más tardar en el momento del pago o en el momento de la cesión, total o parcial, de la póliza. Cuando se identifiquen riesgos más elevados, además de adoptar las medidas de diligencia debida con respecto al cliente establecidas en el artículo 20, las entidades obligadas:

a) 

informarán a los órganos de dirección antes del pago del producto de la póliza;

b) 

procederán a un control reforzado de todos los aspectos de la relación de negocios con el titular de la póliza.

1. Resumen

,
Título Regulación
Article 44 (a)

inform senior management before payout of policy proceeds;

Article 44 (b)

conduct enhanced scrutiny of the entire business relationship with the policyholder.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito