+4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems
---+12. Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE) …
---+13. Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por …
---+14. En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las …
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4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems
4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems
1. Resumen
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Regulación |
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12. Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE) …
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Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE) - n. o 575/2013 cubrirá todas las exposiciones en las que los deudores u operaciones presentan factores de riesgo y de calidad crediticia comunes y para los que se dispone de información crediticia fundamentalmente comparable. Los modelos de PD y de LGD dentro de un sistema de rating pueden incluir varios segmentos de calibración. Cuando todos los deudores o exposiciones dentro del ámbito de aplicación del modelo de PD o de LGD se calibren conjuntamente, el ámbito de aplicación total del modelo será considerado un solo segmento de calibración.
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13. Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por …
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Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por parte de la entidad en cuanto a la gestión del riesgo, la toma de decisiones y el proceso de aprobación de créditos, y se asignarán a una escala común de rating de deudores a los efectos del artículo 170, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n. o 575/2013, y a una escala común de rating de operaciones a los efectos del artículo 170, apartado 1, letra e), de ese Reglamento.
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14. En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las …
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En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las entidades aplicarán la misma definición de default a las mismas observaciones históricas utilizadas en diferentes modelos. Las entidades, además, aplicarán el mismo tratamiento de múltiples default s del mismo deudor o exposición en todas las fuentes de datos internos, externos y agrupados.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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