+4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems
---+12. Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE) …
---+13. Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por …
---+14. En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las …

4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems

4.1 Principles for specifying the range of application of the rating systems

1. Resumen

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Título Regulación
12. Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE) …

Un sistema de rating en el sentido del artículo 142, apartado 1, punto 1), del Reglamento (UE)

  • n. o 575/2013 cubrirá todas las exposiciones en las que los deudores u operaciones presentan factores de riesgo y de calidad crediticia comunes y para los que se dispone de información crediticia fundamentalmente comparable. Los modelos de PD y de LGD dentro de un sistema de rating pueden incluir varios segmentos de calibración. Cuando todos los deudores o exposiciones dentro del ámbito de aplicación del modelo de PD o de LGD se calibren conjuntamente, el ámbito de aplicación total del modelo será considerado un solo segmento de calibración.
13. Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por …

Las exposiciones cubiertas por el mismo sistema de rating recibirán un tratamiento similar por parte de la entidad en cuanto a la gestión del riesgo, la toma de decisiones y el proceso de aprobación de créditos, y se asignarán a una escala común de rating de deudores a los efectos del artículo 170, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n. o 575/2013, y a una escala común de rating de operaciones a los efectos del artículo 170, apartado 1, letra e), de ese Reglamento.

14. En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las …

En la cuantificación de varios parámetros de riesgo dentro de un sistema de rating , las entidades aplicarán la misma definición de default a las mismas observaciones históricas utilizadas en diferentes modelos. Las entidades, además, aplicarán el mismo tratamiento de múltiples default s del mismo deudor o exposición en todas las fuentes de datos internos, externos y agrupados.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/