+8.4 Seguimiento de cláusulas específicas
---+266. Cuando proceda y sea de aplicación a contratos de crédito específicos, las entidades vigilarán …
---+267. Cuando proceda, las entidades realizarán un seguimiento del cumplimiento por parte de los …
---+268. Las entidades realizarán, asimismo, un seguimiento de las cláusulas especiales de carácter no …

8.4 Seguimiento de cláusulas específicas

8.4 Seguimiento de cláusulas específicas

1. Resumen

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Título Regulación
266. Cuando proceda y sea de aplicación a contratos de crédito específicos, las entidades vigilarán …

Cuando proceda y sea de aplicación a contratos de crédito específicos, las entidades vigilarán y llevarán a cabo un seguimiento de las obligaciones de seguro para las garantías reales, de conformidad con los contratos de crédito o con los requisitos de las operaciones de crédito.

267. Cuando proceda, las entidades realizarán un seguimiento del cumplimiento por parte de los …

Cuando proceda, las entidades realizarán un seguimiento del cumplimiento por parte de los prestatarios de las cláusulas especiales reflejadas en los contratos de crédito. El cumplimiento de estas cláusulas por los prestatarios, así como la oportuna entrega de certificados de cumplimiento que lo acrediten, en su caso, deberán utilizarse como herramientas de alerta temprana. La detección temprana de cualquier desviación es fundamental para proteger la posición de la entidad frente al prestatario y otros posibles acreedores implicados. El seguimiento continuo de las cláusulas financieras debe incluir todas las ratios pertinentes especificadas en ellos (p. ej., deuda neta/EBITDA, ratio de cobertura de intereses o ratio de cobertura del servicio de la deuda).

268. Las entidades realizarán, asimismo, un seguimiento de las cláusulas especiales de carácter no …

Las entidades realizarán, asimismo, un seguimiento de las cláusulas especiales de carácter no financiero, no solamente obteniendo el certificado de cumplimiento de dichas cláusulas, cuando proceda, sino también por otros medios, como un contacto estrecho con el prestatario por parte del ejecutivo que lleva la relación con el cliente.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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