+Título VII - Transparencia
---+231. Las estrategias, políticas y procedimientos deberían comunicarse a todo el personal pertinente …
---+232. En consecuencia, el órgano de dirección debería informar a todo el personal pertinente y …
---+233. Cuando las autoridades competentes exijan a las empresas matrices, de conformidad con el …
---+234. La información publicada debería incluir al menos: a. una descripción general de la …
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Título VII - Transparencia
Título VII - Transparencia
1. Resumen
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Regulación |
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231. Las estrategias, políticas y procedimientos deberían comunicarse a todo el personal pertinente …
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Las estrategias, políticas y procedimientos deberían comunicarse a todo el personal pertinente de la entidad. El personal debería conocer y cumplir las políticas y los procedimientos correspondientes a sus obligaciones y responsabilidades.
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232. En consecuencia, el órgano de dirección debería informar a todo el personal pertinente y …
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En consecuencia, el órgano de dirección debería informar a todo el personal pertinente y mantenerle al tanto de las estrategias y políticas de la entidad de manera clara y coherente, al menos en la medida necesaria para desempeñar sus obligaciones específicas. Esta información puede facilitarse mediante guías escritas, manuales u otros medios.
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233. Cuando las autoridades competentes exijan a las empresas matrices, de conformidad con el …
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Cuando las autoridades competentes exijan a las empresas matrices, de conformidad con el artículo 106, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE, publicar anualmente una descripción de su estructura jurídica y de gobierno y de la estructura organizativa del grupo de entidades, la información debería incluir a todas las entidades de la estructura de grupo tal como se define en la Directiva 2013/34/UE42 , por país.
42 Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, p. 19).
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234. La información publicada debería incluir al menos: a. una descripción general de la …
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La información publicada debería incluir al menos: - a. una descripción general de la organización interna de las entidades y de la estructura del grupo tal como se definen en la Directiva 2013/34/UE y en sus modificaciones, incluidos los principales canales de comunicación y responsabilidades;
- b. cualquier cambio relevante desde la publicación anterior, y la fecha de dicho cambio;
- c. nuevas estructuras jurídicas, de gobierno u organizativas;
- d. información sobre la estructura, la organización y los miembros del órgano de dirección, incluido el número de miembros y el número de los calificados como independientes, y especificando el género y la duración del mandato de cada miembro del órgano de dirección;
- e. las principales responsabilidades del órgano de dirección;
- f. una lista de los comités del órgano de dirección en su función de supervisión y su composición;
- g. una descripción general de la política de conflictos de interés aplicable a la entidad y al órgano de dirección;
- h. una descripción general del marco de control interno, y
- i. una descripción general del marco de gestión de la continuidad del negocio.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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