+14. Las entidades de crédito y financieras establecerán el alcance, los pasos y los requisitos de …
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14. Las entidades de crédito y financieras establecerán el alcance, los pasos y los requisitos de …
Las entidades de crédito y financieras establecerán el alcance, los pasos y los requisitos de conservación de la información de la evaluación previa en sus políticas y procedimientos, que incluirán al menos: - a) una evaluación de la idoneidad de la solución en lo que respecta a la integridad y exactitud de los datos y los documentos que se incluyan, así como de la fiabilidad e independencia de las fuentes de información utilizadas;
- b) una evaluación del impacto del uso de la solución de alta de clientes a distancia en los riesgos de toda la actividad de negocio, incluidos los riesgos de BC/FT, operacional, reputacional y legal;
- c) la identificación de posibles medidas de mitigación y acciones de remediación para cada riesgo identificado en la evaluación con arreglo a la letra b);
- d) pruebas para evaluar los riesgos de fraude, incluidos los riesgos de fraude basado en la suplantación de identidad y otros riesgos de tecnologías de la información y de las comunicaciones («TIC») y de seguridad, de conformidad con la disposición 43 de las Directrices de la ABE sobre gestión de riesgos de TIC y de seguridad5 ;
- e) una prueba de extremo a extremo del funcionamiento de la solución dirigida a los clientes, productos y servicios identificados en las políticas y procedimientos de alta de clientes a distancia.
5 EBA/GL/2019/04.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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