Artículo 23
Incidentes operativos o de seguridad relacionados con los pagos que atañen a entidades de crédito, entidades de pago, proveedores de servicios de información sobre cuentas y entidades de dinero electrónico
Los requisitos establecidos en el presente capítulo se aplicarán también a los incidentes operativos o de seguridad, graves o no, relacionados con los pagos cuando atañan a entidades de crédito, entidades de pago, proveedores de servicios de información sobre cuentas y entidades de dinero electrónico.