+CAPÍTULO 3 Mezcla de residuos, documentación y acceso a la información
---+Artículo 19 Prohibición de mezclar residuos durante el traslado
---+Artículo 20 Conservación de documentos e información
------+Artículo 20 1.
------+Artículo 20 2.
------+Artículo 20 3.
---+Artículo 21 Publicación de información sobre traslados

CAPÍTULO 3 Mezcla de residuos, documentación y acceso a la información

CAPÍTULO 3 Mezcla de residuos, documentación y acceso a la información

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 19 Prohibición de mezclar residuos durante el traslado

Artículo 19

Prohibición de mezclar residuos durante el traslado

Desde el inicio del traslado y hasta la recepción de los residuos por una instalación de valorización o eliminación, los residuos especificados en la notificación o contemplados en el artículo 18 no se mezclarán con otros residuos u otras sustancias u objetos.

Artículo 20 Conservación de documentos e información
Artículo 21 Publicación de información sobre traslados

Artículo 21

Publicación de información sobre traslados

La Comisión hará pública la información sobre las notificaciones de traslados y sobre los traslados sujetos a los requisitos de información general a que se refiere el anexo XII a través de su sitio web y la actualizará mensualmente. A tal efecto, la Comisión extraerá los datos pertinentes del sistema central a que se refiere el artículo 27.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito