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+Artículo 51 Identificación de los titulares reales de entidades jurídicas ---+Article 51 (a) ---+Article 51 (b) ---+Article 51 2 |
Artículo 51 Identificación de los titulares reales de entidades jurídicasArtículo 51 Identificación de los titulares reales de entidades jurídicas El titular o los titulares reales de entidades jurídicas serán la persona o las personas físicas que, de forma directa o indirecta:
a)
tengan una participación den la propiedad de la sociedad, o
b)
controlen la sociedad u otra entidad jurídica a través de una participación en la propiedad o por otros medios. Se determinará que hay control por otros medios a que se refiere el párrafo primero, letra b), independientemente de la existencia de un derecho de propiedad o de un control a través de una participación en la propiedad, y de manera paralela a esta. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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