+36. Con respecto a los factores relacionados con el carácter, la capacidad y el capital de los …

36. Con respecto a los factores relacionados con el carácter, la capacidad y el capital de los …

Con respecto a los factores relacionados con el carácter, la capacidad y el capital de los prestatarios, las condiciones de las exposiciones crediticias y los valores de los activos dados en garantía junto con otros mitigantes del riesgo de crédito que puedan afectar a la recobrabilidad de la totalidad de los flujos de efectivo, la entidad de crédito (dependiendo del tipo de exposición) considerará:

  • a. sus políticas y procedimientos de préstamo, incluidos sus criterios de concesión y las condiciones del crédito, que estaban en vigor en el momento del reconocimiento inicial de la exposición crediticia del prestatario, y si la exposición crediticia se originó haciendo una excepción a esta política. La política crediticia de una entidad de crédito incluirá detalles de sus criterios de concesión, y directrices y procedimientos que rigen el proceso de concesión de préstamos de dicha entidad;
  • b. las fuentes de ingresos recurrentes de que dispone un prestatario para cumplir el calendario de pagos;
  • c. la capacidad de un prestatario para generar una corriente de flujos de efectivo suficiente durante el plazo del instrumento financiero;
  • d. el nivel de apalancamiento global del prestatario y las expectativas de cambio en dicho nivel;
  • e. los incentivos o la voluntad de los prestatarios para cumplir sus obligaciones;
  • f. los activos libres de cargas10 que el prestatario puede aportar como garantía en el mercado o de manera bilateral con el fin de obtener fondos y las expectativas de cambio en el valor de esos activos;
  • g. acontecimientos extraordinarios razonablemente posibles y comportamientos recurrentes que puedan afectar a la capacidad del prestatario para cumplir sus obligaciones contractuales, y
  • h. evaluaciones oportunas del valor de la garantía y la consideración de factores que pueden afectar al valor futuro de la garantía (teniendo en cuenta que los valores de las garantías afectan directamente a las estimaciones de LGD).

10 Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2015/79 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014 por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al gravamen de los activos, el modelo de puntos de datos únicos y las normas de validación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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