+159. La estimación mencionada en el párrafo 158(b) cumplirá con los siguientes principios: (a) a …

159. La estimación mencionada en el párrafo 158(b) cumplirá con los siguientes principios: (a) a …

La estimación mencionada en el párrafo 158(b) cumplirá con los siguientes principios:

  • (a) a efectos de la estimación de los costes y las recuperaciones futuros, las entidades analizarán los costes incurridos y las recuperaciones realizadas en relación con estas exposiciones hasta el momento de la estimación, en comparación con la media de los costes incurridos y las recuperaciones realizadas durante un periodo de tiempo similar con respecto a exposiciones similares; a tal efecto, las entidades analizarán los patrones de recuperación observados en procesos de recuperación tanto cerrados como incompletos, teniendo solo en cuenta los costes incurridos y las recuperaciones realizadas hasta el momento de la estimación;
  • (b) los supuestos subyacentes a los costes y recuperaciones esperados en el futuro así como el ajuste a la LGD media observada cumplirán los requisitos siguientes:
  • i. se demostrará su precisión mediante pruebas de backtesting ;
  • ii. se basarán en un fundamento económico razonable;
  • iii. serán proporcionados, teniendo en cuenta que las estimaciones de LGD se basarán en la LGD media a largo plazo que refleja las LGD medias ponderadas por el número de defaults utilizando todos los defaults observados durante un periodo histórico de observación.
  • (c) al estimar las recuperaciones futuras, las entidades tendrán en cuenta el sesgo potencial derivado de los procesos de recuperación incompletos que se caractericen por ser procesos de recuperación con una duración media superior o inferior a los procesos de recuperación cerrados;
  • (d) en la estimación de recuperaciones futuras derivadas de la ejecución de las garantías existentes, las entidades tendrán en cuenta la seguridad jurídica de los derechos sobre la garantía y supuestos realistas relativos a su posibilidad de ejecución;
  • (e) el ajuste de la LGD media observada podrá estimarse a nivel de exposiciones individuales, de grado o conjunto, o de cartera cubierta por el modelo de LGD;
  • (f) cualquier incertidumbre relacionada con la estimación de las recuperaciones futuras de procesos de recuperación incompletos se reflejará en un MoC adecuado aplicado de conformidad con la sección 4.4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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