+367. Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las …
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367. Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las …
Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las deficiencias identificadas durante las evaluaciones de los distintos elementos del PRES y teniendo en cuenta la evaluación global del PRES, incluida la puntuación, considerando lo siguiente: - a. la materialidad de las deficiencias/vulnerabilidades y el posible impacto prudencial de abordarlas (es decir, si es necesario abordar la cuestión con una medida específica);
- b. si las medidas son coherentes y/o proporcionadas con su evaluación global de un elemento concreto del PRES (y la evaluación global del PRES);
- c. si son necesarias medidas de supervisión u otras medidas administrativas para abordar las deficiencias o vulnerabilidades prudenciales relacionadas con los riesgos de BC/FT en el marco de sus competencias de supervisión, tras haberse puesto en contacto con los supervisores pertinentes en materia de PBC/FT;
- d. si las deficiencias/vulnerabilidades ya se han tratado/cubierto con otras medidas;
- e. si otras medidas lograrían el mismo objetivo con un menor impacto administrativo y financiero en la empresa de servicios de inversión;
- f. el nivel óptimo y la duración de la aplicación de la medida para lograr el objetivo supervisor; y
- g. la posibilidad de que los riesgos y vulnerabilidades identificados puedan estar correlacionados y/o autorreforzarse mutuamente, o ambos, lo que haría necesario aplicar medidas de supervisión más estrictas.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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