+10.1 Consideraciones generales
---+366. Este título abarca la combinación de los resultados de las evaluaciones de los distintos …
---+367. Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las …
---+368. Al aplicar las medidas de supervisión para tratar las deficiencias específicas identificadas …
---+369. Al aplicar medidas de supervisión o sanciones para abordar las deficiencias prudenciales …
---+370. Las autoridades competentes podrán adoptar medidas de supervisión inmediatas vinculadas …

10.1 Consideraciones generales

10.1 Consideraciones generales

1. Resumen

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Título Regulación
366. Este título abarca la combinación de los resultados de las evaluaciones de los distintos …

Este título abarca la combinación de los resultados de las evaluaciones de los distintos elementos del PRES en la evaluación global del PRES. También trata la aplicación por parte de las autoridades competentes de medidas de supervisión para abordar las deficiencias identificadas mediante la evaluación de los elementos del PRES. Las autoridades competentes pueden aplicar medidas de supervisión como se especifica en la Directiva (UE) 2019/2034 (artículos 38, 39, 40, 41 y 42) y la legislación nacional, así como, cuando proceda, medidas de actuación temprana como se especifica en el artículo 27 de la Directiva 2014/59/UE, o cualquier combinación de lo anterior.

367. Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las …

Las autoridades competentes ejercerán sus facultades de supervisión basándose en las deficiencias identificadas durante las evaluaciones de los distintos elementos del PRES y teniendo en cuenta la evaluación global del PRES, incluida la puntuación, considerando lo siguiente:

  • a. la materialidad de las deficiencias/vulnerabilidades y el posible impacto prudencial de abordarlas (es decir, si es necesario abordar la cuestión con una medida específica);
  • b. si las medidas son coherentes y/o proporcionadas con su evaluación global de un elemento concreto del PRES (y la evaluación global del PRES);
  • c. si son necesarias medidas de supervisión u otras medidas administrativas para abordar las deficiencias o vulnerabilidades prudenciales relacionadas con los riesgos de BC/FT en el marco de sus competencias de supervisión, tras haberse puesto en contacto con los supervisores pertinentes en materia de PBC/FT;
  • d. si las deficiencias/vulnerabilidades ya se han tratado/cubierto con otras medidas;
  • e. si otras medidas lograrían el mismo objetivo con un menor impacto administrativo y financiero en la empresa de servicios de inversión;
  • f. el nivel óptimo y la duración de la aplicación de la medida para lograr el objetivo supervisor; y
  • g. la posibilidad de que los riesgos y vulnerabilidades identificados puedan estar correlacionados y/o autorreforzarse mutuamente, o ambos, lo que haría necesario aplicar medidas de supervisión más estrictas.

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368. Al aplicar las medidas de supervisión para tratar las deficiencias específicas identificadas …

Al aplicar las medidas de supervisión para tratar las deficiencias específicas identificadas en la evaluación de los distintos elementos del PRES, las autoridades competentes tendrán en cuenta los requisitos totales de liquidez y fondos propios cuantitativos que se deberán aplicar en función de los criterios especificados en los títulos 7 y 9.

369. Al aplicar medidas de supervisión o sanciones para abordar las deficiencias prudenciales …

Al aplicar medidas de supervisión o sanciones para abordar las deficiencias prudenciales relacionadas con el riesgo de BC/FT, las autoridades competentes colaborarán con los supervisores en materia de PBC/FT para que las deficiencias o vulnerabilidades subyacentes se aborden adecuadamente mediante las medidas adecuadas en el marco de las competencias respectivas de los supervisores en materia de PBC/FT y de las autoridades competentes desde sus respectivas perspectivas.

370. Las autoridades competentes podrán adoptar medidas de supervisión inmediatas vinculadas …

Las autoridades competentes podrán adoptar medidas de supervisión inmediatas vinculadas directamente a los resultados de cualquier actividad supervisora.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/