+Rango jurídico de las presentes directrices conjuntas
---+10. De conformidad con la legislación sectorial, las autoridades competentes aplicarán las …
---+11. Las autoridades competentes tendrán en cuenta todos los riesgos ASG y su posible evolución al …

Rango jurídico de las presentes directrices conjuntas

Rango jurídico de las presentes directrices conjuntas

1. Resumen

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Título Regulación
10. De conformidad con la legislación sectorial, las autoridades competentes aplicarán las …

De conformidad con la legislación sectorial, las autoridades competentes aplicarán las presentes Directrices conjuntas de acuerdo con el principio de proporcionalidad4 .

(1 ) Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2013/36/oj).

(2 ) Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) (DO L 335 de 17.12.2009, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/138/oj).

(3 ) Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/575/oj).

(4 ) Dado que estas Directrices están dirigidas a las autoridades competentes, la aplicación de la proporcionalidad debe ajustarse a los requisitos de proporcionalidad establecidos en la legislación sectorial.

11. Las autoridades competentes tendrán en cuenta todos los riesgos ASG y su posible evolución al …

Las autoridades competentes tendrán en cuenta todos los riesgos ASG y su posible evolución al diseñar su marco para las pruebas de resistencia con fines de supervisión y revisar periódicamente la pertinencia de los riesgos ASG para dicho marco, especialmente mientras se avanza hacia la ampliación gradual de la cobertura a otros factores ASG. Las autoridades competentes definirán con exactitud sus objetivos al realizar pruebas de resistencia ASG, teniendo en cuenta dos tipos principales de ejercicios:

  • ▪ probar la solidez de la posición de capital y de liquidez, y la capacidad de absorción de pérdidas de las entidades financieras frente a perturbaciones económicas y financieras vinculadas a todos los riesgos significativos, incluidos los riesgos ASG, a corto plazo (p. ej., hasta cinco años);
  • ▪ evaluar la resiliencia de la estrategia y el modelo de negocio de las entidades financieras ante una serie de escenarios relacionados con criterios ASG en un horizonte temporal a largo plazo (al menos diez años5 ).

Evaluación de la importancia relativa

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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