+155. Cuando se inicie una reevaluación, se prestará la debida atención a: a. las funciones …
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155. Cuando se inicie una reevaluación, se prestará la debida atención a: a. las funciones …
Cuando se inicie una reevaluación, se prestará la debida atención a: - a. las funciones asignadas y los canales de comunicación dentro de la entidad, incluso, en su caso, dentro del grupo, a fin de determinar si algún hecho o deficiencia significativa debería atribuirse a uno o varios miembros responsables del órgano de administración. En este contexto, las funciones asignadas se determinarán teniendo en cuenta toda la documentación pertinente, que incluye, entre otros, los estatutos y códigos de gobierno interno, los organigramas internos y otras formas de designación de las áreas de responsabilidad, las políticas internas, las evaluaciones de la idoneidad disponibles y la información adicional facilitada en este contexto, las cartas de nombramiento o las descripciones de los puestos de trabajo, y las actas de las reuniones del órgano de administración; y
- b. la credibilidad y fiabilidad de cualquier hecho que haya motivado la reevaluación, así como la gravedad de cualquier acusación o infracción cometida por uno o varios miembros del órgano de administración. Las entidades determinarán la credibilidad y la fiabilidad de la información (por ejemplo, la fuente, la verosimilitud, cualquier conflicto de interés de la fuente que proporciona la información), entre otras consideraciones. Las entidades tendrán en cuenta que la ausencia de condenas penales puede no ser suficiente, por sí sola, para descartar las acusaciones de irregularidades.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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