+CHAPTER VIA SANCTIONS AND MEASURES
---+Artículo 28 Medidas y sanciones administrativas
------+Artículo 28 1.
------+Artículo 28 2.
---+Artículo 28bis Incumplimientos
---+Artículo 28ter Facultades sancionadoras
------+Artículo 28ter 1.
------+Artículo 28ter 2.
------+Artículo 28ter 3.
---+Artículo 28quater Ejercicio de las facultades sancionadoras
------+Artículo 28quater 1.
------+Artículo 28quater 2.
---+Artículo 28 quinquies Directrices de la AEVM

CHAPTER VIA SANCTIONS AND MEASURES

CHAPTER VIA SANCTIONS AND MEASURES

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 28 Medidas y sanciones administrativas
Artículo 28bis Incumplimientos

Artículo 28 bis

Incumplimientos

El artículo 28 ter se aplicará como mínimo a los incumplimientos siguientes:

a) 

cuando un emisor no haga pública, dentro del plazo fijado, información exigida en virtud de las disposiciones nacionales adoptadas en transposición de los artículos 4, 5, 6, 14 y 16;

b) 

cuando una persona física o jurídica no notifique, dentro del plazo fijado, la adquisición o la cesión de una participación importante de conformidad con las disposiciones nacionales adoptadas en transposición de los artículos 9, 10, 12, 13 y 13 bis.

Artículo 28ter Facultades sancionadoras
Artículo 28quater Ejercicio de las facultades sancionadoras
Artículo 28 quinquies Directrices de la AEVM

Artículo 28 quinquies

Directrices de la AEVM

Previa consulta a la Agencia Europea de Medio Ambiente y a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la AEVM emitirá directrices, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010, sobre la supervisión de la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las autoridades nacionales competentes.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito