+CAPÍTULO 2 Importaciones de residuos destinados a la valorización
---+Artículo 52 Prohibición de importación de residuos destinados a la valorización
------+Artículo 52 1.
------+Artículo 52 2.
------+Artículo 52 3.
---+Artículo 53 Requisitos de procedimiento aplicables a las importaciones procedentes de países a los que se aplica la Decisión de la OCDE o de otras zonas en situaciones de crisis o en operaciones de establecimiento o mantenimiento de la paz
------+Artículo 53 1.
------+Artículo 53 2.
------+Artículo 53 3.
------+Artículo 53 4.
------+Artículo 53 5.
---+Artículo 54 Requisitos de forma aplicables a las importaciones procedentes de o a través de países a los que no se aplica la Decisión de la OCDE

CAPÍTULO 2 Importaciones de residuos destinados a la valorización

CAPÍTULO 2 Importaciones de residuos destinados a la valorización

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 52 Prohibición de importación de residuos destinados a la valorización
Artículo 53 Requisitos de procedimiento aplicables a las importaciones procedentes de países a los que se aplica la Decisión de la OCDE o de otras zonas en situaciones de crisis o en operaciones de establecimiento o mantenimiento de la paz
Artículo 54 Requisitos de forma aplicables a las importaciones procedentes de o a través de países a los que no se aplica la Decisión de la OCDE

Artículo 54

Requisitos de forma aplicables a las importaciones procedentes de o a través de países a los que no se aplica la Decisión de la OCDE

Cuando se importen en la Unión residuos destinados a la valorización procedentes de un país al que no se aplique la Decisión de la OCDE, o a través de cualquier país al que no se aplique la Decisión de la OCDE pero que sea también Parte en el Convenio de Basilea, se aplicará mutatis mutandis el artículo 51.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito