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+ANEXO II Presentación supersimplificada de información financiera con fines de supervisión |
ANEXO II Presentación supersimplificada de información financiera con fines de supervisión
ANEXO II Presentación supersimplificada de información financiera con fines de supervisión 1. Para las entidades supervisadas que apliquen las NIIF conforme al Reglamento (CE) n.o 1606/2002, así como para las entidades supervisadas que apliquen regímenes nacionales de contabilidad sobre la base de la Directiva 86/635/CEE compatibles con las NIIF, la «Presentación supersimplificada de información financiera con fines de supervisión» incluirá las plantillas del anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451 enumeradas en el cuadro 3.
Cuadro 3
2. Para las entidades supervisadas que apliquen regímenes nacionales de contabilidad sobre la base de la Directiva 86/635/CEE que no sean los del punto 1, la «Presentación supersimplificada de información financiera con fines de supervisión» incluirá las plantillas del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451 enumeradas en el cuadro 4.
Cuadro 4
3. La información a que se refieren los puntos 1 y 2 se presentará con arreglo a las instrucciones del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451. 4. Como excepción al apartado 2, cada ANC podrá decidir que las entidades mencionadas en el apartado 2 y establecidas en su Estado miembro presenten:
(a)
la información especificada en la plantilla 9.1 o en la plantilla 9.1.1 del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451;
(b)
la información especificada en la plantilla 11.1 o en la plantilla 11.2 del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451;
(c)
la información especificada en la plantilla 12.0 o en la plantilla 12.1 del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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