+4.5 Autorización para poseer un importe inferior: condiciones para permitir un nivel inferior de fondos propios
---+18. No se impedirá que las autoridades competentes concedan una autorización para poseer un importe …
---+19. Los requisitos de fondos propios de cualquier filial establecida en un tercer país se …
---+20. Para garantizar un nivel satisfactorio de prudencia, los requisitos nocionales de fondos …
---+21. Al aplicar el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/2033, las autoridades …

4.5 Autorización para poseer un importe inferior: condiciones para permitir un nivel inferior de fondos propios

4.5 Autorización para poseer un importe inferior: condiciones para permitir un nivel inferior de fondos propios

1. Resumen

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Título Regulación
18. No se impedirá que las autoridades competentes concedan una autorización para poseer un importe …

No se impedirá que las autoridades competentes concedan una autorización para poseer un importe inferior cuando los requisitos de fondos propios calculados de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/2033 sean superiores a los requisitos de fondos propios calculados de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento en un porcentaje indicativo de al menos el 125 % de estos últimos, y el grupo de empresas de servicios de inversión cumpla los criterios establecidos en la sección 4.2, o en las secciones 4.3 y 4.4. A efectos del cálculo del porcentaje a que se refiere el presente apartado, las autoridades competentes se asegurarán de que el riesgo de tipo de cambio se calcule de la misma manera para los requisitos de fondos propios calculados de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/2033 que para los requisitos calculados de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento.

19. Los requisitos de fondos propios de cualquier filial establecida en un tercer país se …

Los requisitos de fondos propios de cualquier filial establecida en un tercer país se determinarán a nivel de dicha filial con un nivel satisfactorio de prudencia, tal como se establece en el apartado siguiente (requisitos nocionales de fondos propios). La determinación la realizará la empresa de servicios de inversión matriz de la Unión, la sociedad de cartera de inversión matriz de la Unión, la sociedad financiera mixta de cartera matriz de la Unión o cualquier empresa matriz inmediata de dicha filial establecida en un tercer país cuando así lo exija la autoridad competente. Los fondos propios se mantendrán al nivel de la primera empresa matriz radicada en la Unión de dicha filial situada en un tercer país.

20. Para garantizar un nivel satisfactorio de prudencia, los requisitos nocionales de fondos …

Para garantizar un nivel satisfactorio de prudencia, los requisitos nocionales de fondos propios de las filiales establecidas en terceros países serán iguales, como mínimo, a los requisitos calculados de conformidad con la Parte tercera y la Parte cuarta del Reglamento (UE) 2019/2033. Cuando la Comisión Europea adopte una decisión de equivalencia con arreglo al artículo 47 del Reglamento (UE) n.º 600/2014 en relación con el Reglamento (UE) 2019/2033 para el régimen prudencial de un tercer país, se considerará que los requisitos de capital calculados con arreglo al régimen prudencial de dicho tercer país presentan un nivel satisfactorio de prudencia. No se concederá la autorización para poseer un importe inferior cuando una empresa matriz de un tercer país no mantenga unos requisitos de fondos propios al menos iguales a los requisitos nocionales de fondos propios necesarios para alcanzar un nivel satisfactorio de prudencia, tal como se define en las presentes directrices, o a un nivel superior establecido por las autoridades competentes.

21. Al aplicar el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/2033, las autoridades …

Al aplicar el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/2033, las autoridades competentes no permitirán una reducción de los fondos propios cuando esta dé lugar a que el porcentaje a que se refiere el apartado 15, letra a), sea inferior al importe especificado en el apartado 12, letra g), y el apartado 15, letras a) y e), según proceda.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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