+C.6. Decisión de la autoridad competente
---+75. Las autoridades competentes adoptarán una decisión basada en la evaluación de la idoneidad …
---+76. Cuando el resultado de la evaluación de idoneidad realizada por la autoridad competente llegue …
---+77. Cuando un emisor de ART o un PSC no facilite información suficiente sobre la idoneidad de una …
---+78. Cuando se detecten deficiencias en relación con los conocimientos, las competencias o la …
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C.6. Decisión de la autoridad competente
C.6. Decisión de la autoridad competente
1. Resumen
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Regulación |
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75. Las autoridades competentes adoptarán una decisión basada en la evaluación de la idoneidad …
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Las autoridades competentes adoptarán una decisión basada en la evaluación de la idoneidad individual y colectiva de los miembros del órgano de dirección en el plazo máximo mencionado en el apartado 67 o, si el plazo se ha suspendido conforme a lo dispuesto en el apartado 68, en el plazo máximo de 6 meses.
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76. Cuando el resultado de la evaluación de idoneidad realizada por la autoridad competente llegue …
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Cuando el resultado de la evaluación de idoneidad realizada por la autoridad competente llegue a la conclusión de que no está suficientemente demostrado que la persona evaluada sea adecuada, incluso en situaciones en las que la información facilitada no sea suficiente para completar la evaluación, la autoridad competente se opondrá o no aprobará el nombramiento de dicha persona, a menos que las deficiencias detectadas sean subsanables y puedan subsanarse mediante otras medidas adoptadas por el emisor de ART o por el PSC.
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77. Cuando un emisor de ART o un PSC no facilite información suficiente sobre la idoneidad de una …
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Cuando un emisor de ART o un PSC no facilite información suficiente sobre la idoneidad de una persona evaluada a la autoridad competente, esta última informará a la empresa de que el miembro no puede ser miembro del órgano de dirección porque no se ha demostrado suficientemente que la persona sea adecuada o que haya tomado una decisión negativa.
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78. Cuando se detecten deficiencias en relación con los conocimientos, las competencias o la …
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Cuando se detecten deficiencias en relación con los conocimientos, las competencias o la experiencia individuales o colectivos de los miembros del órgano de dirección, la autoridad competente, teniendo en cuenta las medidas ya adoptadas por el emisor de ART o el PSC, adoptará las medidas adecuadas para abordar las deficiencias detectadas y establecer un calendario para la aplicación de dichas medidas. Dichas medidas incluirán, según proceda, una - o varias de las siguientes:
- a. exigir al emisor de ART o al PSC que organice una formación específica para los miem-bros del órgano de dirección, individual o colectivamente;
- b. exigir al emisor de ART o al PSC que modifique la división de tareas entre los miembros del órgano de dirección;
- c. exigir al emisor de ART o al PSC que rechace al miembro propuesto o que sustituya a determinados miembros;
- d. exigir al emisor de ART o al PSC que modifique la composición del órgano de dirección para garantizar la idoneidad individual y colectiva del órgano de dirección;
- e. destituir al miembro del órgano de dirección del emisor de los ART o del PSC;
- f. cuando proceda, imponer sanciones u otras medidas administrativas (por ejemplo, el establecimiento de obligaciones, recomendaciones o condiciones específicas), in-cluida, en última instancia, la retirada de la autorización.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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