+SECCIÓN 1 ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES PARA LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE TRANSICIÓN CLIMÁTICA DE LA UE Y LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE LA UE ARMONIZADOS CON EL ACUERDO DE PARÍS
---+Artículo 2 Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura
---+Artículo 3 Limitación para la asignación de acciones
---+Artículo 4 Cálculo de la intensidad de GEI o de las emisiones absolutas de GEI
------+Artículo 4 1.
------+Artículo 4 2.
---+Artículo 5 Incorporación de los datos sobre emisiones de GEI del ámbito 3 en la metodología de los índices de referencia
------+Artículo 5 1.
------+Artículo 5 2.
---+Artículo 6 Fijación y publicación de las metas de reducción de las emisiones de GEI por parte de las empresas
---+Artículo 7 Definición de una trayectoria de descarbonización
------+Artículo 7 1.
------+Artículo 7 2.
------+Artículo 7 3.
------+Artículo 7 4.
------+Artículo 7 5.
---+Artículo 8 Variación en la intensidad de GEI y en las emisiones absolutas de GEI
------+Artículo 8 1.
------+Artículo 8 2.

SECCIÓN 1 ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES PARA LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE TRANSICIÓN CLIMÁTICA DE LA UE Y LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE LA UE ARMONIZADOS CON EL ACUERDO DE PARÍS

SECCIÓN 1 ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES PARA LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE TRANSICIÓN CLIMÁTICA DE LA UE Y LOS ÍNDICES DE REFERENCIA DE LA UE ARMONIZADOS CON EL ACUERDO DE PARÍS

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 2 Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura

Artículo 2

Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura

Los administradores de índices de referencia de transición climática de la UE y los administradores de índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París usarán el escenario de 1,5 °C, con sobrepaso nulo o reducido, a que se refiere el informe especial Calentamiento global de 1,5 °C del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) como escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura para diseñar la metodología de elaboración de dichos índices de referencia.

Artículo 3 Limitación para la asignación de acciones

Artículo 3

Limitación para la asignación de acciones

Los índices de referencia de transición climática de la UE y los índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París que están basados en valores participativos admitidos en un mercado público en la Unión o en otra jurisdicción, incluirán la exposición agregada de los sectores que figuran en las secciones A a H y la sección L del anexo I del Reglamento (CE) n.o 1893/2006 equivalente, al menos, a la exposición agregada del universo invertible subyacente a dichos sectores.

Artículo 4 Cálculo de la intensidad de GEI o de las emisiones absolutas de GEI
Artículo 5 Incorporación de los datos sobre emisiones de GEI del ámbito 3 en la metodología de los índices de referencia
Artículo 6 Fijación y publicación de las metas de reducción de las emisiones de GEI por parte de las empresas

Artículo 6

Fijación y publicación de las metas de reducción de las emisiones de GEI por parte de las empresas

Los administradores de índices de referencia de transición climática de la UE y los administradores de índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París podrán aumentar, en los citados índices de referencia, la ponderación de los emisores de los valores integrantes que fijen y publiquen metas de reducción de las emisiones de GEI, siempre y cuando se den las siguientes condiciones:

a) 

que los emisores de los valores integrantes publiquen sus emisiones de GEI de los ámbitos 1, 2 y 3 de manera coherente y precisa;

b) 

que los emisores de los valores integrantes hayan reducido su intensidad de GEI o, cuando proceda, sus emisiones absolutas de GEI, incluidas las emisiones de GEI de los ámbitos 1, 2 y 3, al menos un 7 % de media al año durante, como mínimo, tres años consecutivos.

A los efectos del primer párrafo, las emisiones de GEI del ámbito 3 se interpretarán conforme a los plazos de incorporación establecidos en el artículo 5.

Artículo 7 Definición de una trayectoria de descarbonización
Artículo 8 Variación en la intensidad de GEI y en las emisiones absolutas de GEI

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito