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+8.1 Complementos salariales |
8.1 Complementos salariales134.La remuneración fija y variable de las entidades puede estar formada por diferentes componentes, entre ellos pagos y beneficios complementarios o adicionales. Las entidades analizarán los complementos salariales28 y los asignarán a los componentes de remuneración fija o variable. La asignación se basará en los criterios de la sección 7. 135.En particular, cuando los complementos salariales tengan la consideración de remuneración fija, pero muestren alguna de las siguientes características, la entidad documentará debidamente los resultados de las evaluaciones realizadas en virtud de la sección 7:
136.Cuando los complementos salariales estén basados en el papel, función o responsabilidad del personal en la organización, para que se asignen correctamente al componente fijo de la remuneración deberán cumplir con los criterios establecidos en el apartado 131, teniendo en cuenta lo siguiente:
137.Las autoridades competentes se asegurarán de que los complementos salariales no sean un instrumento o método que facilite el incumplimiento de la DRC por parte de las entidades. 28 La denominación podrá diferir según la entidad: «pago según función, complemento salarial al personal, complemento ajustable según función, asignación de pago fijo», etc. 29 Ser personal identificado no se considerará un papel o función. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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